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COVID-19

Aislamiento selectivo: ¿cuántas personas pueden reunirse y cómo?

El Decreto 1168 prohíbe los eventos privados y públicos que impliquen aglomeraciones. Se permitirán las reuniones con distanciamiento físico.

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Aislamiento selectivo: ¿cuántas personas pueden reunirse y cómo?
Álvaro TaveraColprensa

Colombia está en sus últimos días de Aislamiento Preventivo Obligatorio, ya que el Presidente de la República, Iván Duque, confirmó que desde el 1 de septiembre hasta el 30 del mismo mes, en primera instancia, el país pasará a una nueva etapa denominada Aislamiento Selectivo de Distanciamiento y Responsabilidad Individual.

Esta nueva fase, en la que el Gobierno ha hecho énfasis en el autocuidado como clave para el éxito de las medidas y evitar que crezcan los índices de contagio por COVID-19, permitirá la reapertura de nuevos sectores económicos y el desarrollo de planes piloto. ¿Qué pasa con las reuniones de personas?

Prohibidas las aglomeraciones

"En ningún municipio del territorio nacional, se podrán habilitar los siguientes espacios o actividades presenciales: Eventos de carácter público o privado que impliquen aglomeración de personas, de conformidad con las disposiciones y protocolos que expida el Ministerio de Salud y Protección Social", señala parte del Artículo 5 del Decreto 1168 de 2020 que establece las medidas del Aislamiento Selectivo.

Esto quiere decir que estarán habilitadas las reuniones familiares o de amigos, consideradas como de carácter privado, desde que se respete el distanciamiento físico y no hayan aglomeraciones.

¿Qué significa para MinSalud una aglomeración?

Para el Ministerio de Saud y Protección Social, una aglomeración es: "toda concurrencia de personas en espacios cerrados y abiertos en los cuales no se pueda guardar el distanciamiento físico de dos (2) metros, como mínimo, entre persona y persona".

Las aglomeraciones también se dan cuando la disposición arquitectónica del espacio impide que se dé ese distanciamiento y el Ministerio también hace referencia a eventos en recintos cerrados con la presencia de más de 50 personas.

¿Se puede consumir licor?

El consumo de bebidas embriagantes en espacios públicos y establecimientos de comercio está prohibido. Sin embargo, se permite el expendio de bebidas embriagantes, por lo que el consumo de licor está habilitado para reuniones privadas que cumplan con las condiciones de distanciamiento físico y sin aglomeraciones.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el COVID-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!