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IMPUESTOS

Declaración de la renta 2020: ¿se puede presentar de forma presencial en cuarentena?

La DIAN dio las indicaciones para hacer la presentación y el pago de la declaración de renta de manera presencial en entidades bancarias.

Actualizado a
Declaración de la renta 2020: ¿se puede presentar de forma presencial en cuarentena?
Camila DíazColprensa

Desde el 11 de agosto y durante los próximos meses, los contribuyentes deberán presentar y pagar la declaración de renta. La fecha límite para los ciudadanos que cumplan con las condiciones que los obliga a realizar este trámite está regida a partir de un calendario expuesto por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales teniendo en cuenta los últimos dígitos de la cédula.

En la página web de la DIAN, donde se encuentra toda la información con respecto a la declaración de renta y quiénes deben presentarla, la entidad señala que existen dos modalidades para realizarla: de manera presencial y virtual.

Presentación de manera presencial

"Se realiza de manera presencial cuando la presentación de la declaración se efectúa ante la Entidad Financiera Autorizada para la recepción de los formularios diligenciados desde la página de la DIAN. Cuando el contribuyente no esté obligado por resolución de la DIAN a cumplir con la obligación de manera virtual, se puede utilizar los siguientes servicios, los cuales permiten el diligenciamiento de formularios a través de la página de la DIAN", señala la entidad.

Los contribuyentes deben diligenciar el formulario 210, disponible en la página web de la DIAN, imprimir dos copias y firmarlas manualmente, para luego presentarlas en el banco, exhibiendo el RUT.

"Es de anotar, que, si la declaración genera saldo a pagar por concepto del impuesto, sanciones e intereses, el servicio para el diligenciamiento de declaraciones permite diligenciar la casilla 980 (Pago total) del formulario 210, sin necesidad de generar un recibo por separado, para que se realice el correspondiente pago junto con la presentación de la declaración en la entidad bancaria", agrega la DIAN.

El cajero de la entidad bancaria debe entregarle una copia del formulario 210 y del recibo de pago 490 (cuando aplique) con los respectivos sellos. La DIAN señala que la página web no permite la impresión de formularios sin diligenciar y que no se deben utilizar fotocopias.

También se puede hacer de manera virtual

Para esta modalidad, la DIAN menciona que "se realiza de manera virtual cuando el declarante o responsable obligado a utilizar Firma Electrónica, cumple con la obligación de declarar ingresando a la página de la DIAN, menú Transaccional, opción Usuario Registrado, suministrando los siguientes datos: a nombre de (Nombre Propio), tipo de documento, número de documento y contraseña".

"Cuando se esté obligado a presentar la declaración de manera virtual y en esta resulte saldo a pagar, se debe generar el formulario 490 (Recibo Oficial de Pago Impuestos Nacionales) con los valores a cargo del impuesto, pudiendo realizar el pago electrónico. Si no hace uso de esta opción se tendrá que imprimir dos (2) copias del formulario 490 y llevarlas a la entidad recaudadora para realizar el pago de la obligación", agrega la entidad.

La presentación virtual de la declaración de renta y el pago de la misma también aplica para las personas naturales sin residencia fiscal en el país.

Fechas de vencimiento de plazos

Agosto: martes 11 (99 -00), miércoles 12 (97-98), jueves 13 (95-96), viernes 14 (93-94), martes 18 (91-92), miércoles 19 (89-90), jueves 20 (87-88) ,viernes 21 (85-86), lunes 24 (83-84), martes 25 (81-82), miércoles 26 (79-80), jueves 27 (77-78), viernes 28 75 -76) y lunes 31 (73-74).

Septiembre: Martes 1 (71-72), miércoles 2 (69-70), jueves 3 (67-68), viernes 4 (65-66), lunes 7 (63-64), martes 8 (61-62), miércoles 9 (59-60), jueves 10 (57-58), viernes 11 (55-56), lunes 14 (53-54), martes 15 (51-52), miércoles 16 (49-50), jueves 17 (47-48), viernes 18 (45-46), lunes 21 (43-44), martes 22 (41-42), miércoles 23 (39-40), jueves 24 (37-38), viernes 25 (35-36), lunes 28 (33-34), martes 29 (31-32) y miércoles 30 (29 -30).

Octubre: Jueves 1 (27-28), Viernes 2 (25-26), lunes 5 (23-24), martes 6 (21-22), miércoles 7 (19-20), jueves 8 (17-18), viernes 9 (15-16), martes 13 (13-14), miércoles 14(11-12), jueves 15 (09-10), viernes 16 (07-08), lunes 19 (05-06), martes 20 (03-04) y jueves 21 (01-02).

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el COVID-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!