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Los recursos que le quedan a Epa Colombia y qué opciones hay de que no vaya a la cárcel

La empresaria colombiana recibió una sentencia por 5 años de prisión, se enfrenta a cargos por vandalismo en el marco del paro nacional de 2019.

Los recursos que le quedan a Epa Colombia y qué opciones hay de que no vaya a la cárcel

El Tribunal Superior de Bogotá fue la entidad encargada de emitir el fallo con la condena de Daneidy Barrera Rojas, más conocida como Epa Colombia, por delitos relacionados con actos de vandalismo. La sentencia final condenó a la influenciadora a 63 meses y 15 días de prisión, luego de que la Empresa de Recaudo de Bogotá interpuso un recurso de apelación para pedir mayores sanciones a las que se habían determinado en marzo del año 2020.

Epa Colombia presenta recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia

Sin embargo, a la también empresaria todavía le quedan alternativas jurídicas para reducir la condena. El recurso de casación sería la herramienta que estaría preparando la defensa de Barrera para presentarla ante la Corte Suprema de Justicia. Se debe recordar que la decisión que tomó el alto tribunal de Bogotá agravó la condena inicial, en la que Epa Colombia estaría privada de su libertad durante un periodo cercano a los 3 años. El delito por el que la pena sufrió el cambio fue la “instigación a delinquir con fines de terrorismo”, según quedó establecido en la sentencia.

La casación ya fue presentada por el abogado de Barrera Rojas, el radicado tiene fecha del 12 de agosto de 2021, el mismo día en que falló el Tribunal Superior de Bogotá. Con este recurso se busca un fallo en segunda instancia, que se podrá cumplir gracias a que en la última decisión que se tomó por parte del alto tribunal fue añadido un delito y no se cambiaron las consideraciones sobre la primera sentencia del año 2020. Este procedimiento jurídico está comprendido en una reforma constitucional que entró en vigencia desde el año 2018 y el caso escalará hasta la Corte Suprema de Justicia para que sea revisada nuevamente la sentencia.

Daneidy Barrera debe cumplir con la sentencia emitida en primera instancia

“en orden a garantizar el derecho a impugnar la primera condena emitida en segunda instancia, la Sala advertirá que frente a lo acá resuelto procede la impugnación especial para la condenada o su defensa, en los términos procesales previstos en la ley para el recurso de casación, exclusivamente de cara al delito de instigación a delinquir”, explica la sentencia emitida contra Daneidy Barrera Rojas radicada el pasado jueves. Esto quiere decir que en la competencia de la Corte Suprema de Justicia solo quedará la revisión y juzgamiento del último delito impugnado contra la influenciadora.

Entre tanto, el recurso utilizado por la defensa de Epa Colombia solo puede ser utilizado en algunos casos excepcionales y por este motivo la mujer condenada deberá cumplir con las disposiciones contempladas en la sentencia de primera instancia. Este proceso jurídico busca velar por el respeto de las garantías esenciales del ciudadano que es procesado, en este caso la empresaria colombiana.