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ELECCIONES 2022

Elecciones Legislativas 2022: quién puede ir a votar y requisitos

El próximo domingo los colombianos votarán por los congresistas y por los candidatos presidenciales que están en las consultas interpartidistas.

Elecciones Legislativas 2022: quién puede ir a votar y requisitos
Colprensa

Este domingo 13 de marzo se desarrollará en todo el territorio nacional una nueva jornada de elecciones legislativas para elegir a los senadores y representantes a la Cámara que estarán en el Congreso en el periodo 2022-2026. Asimismo, los sufragentes podrán votar por uno de los candidatos del Pacto Histórico, la Coalición Centro Esperanza o la Coalición Equipo por Colombia. Los ganadores de las consultas interpartidistas participarán en las elecciones presidenciales.

Ante este panorama, la Registraduría Nacional del Estado Civil publicó el número de colombianos habilitados para ejercer el derecho al sufragio y, por consiguiente, participar en las elecciones y en el ejercicio de los mecanismos de participación ciudadana. En ese sentido, la entidad confirmó que podrán ejercer su derecho 18.788.046 hombres y 20.031.855 mujeres. Las regiones en donde hay más ciudadanos habilitados para votar son: Bogotá, Antioquia y Valle del Cauca.

Cabe mencionar que el voto en Colombia es un derecho y representa el principal mecanismo de participación ciudadana, razón por la cual le corresponde al Estado asumir la gran responsabilidad de proteger, auspiciar y fomentar el derecho del sufragio, cuando este sea el camino para que los ciudadanos participen en la conformación y control del poder político. Sin embargo, en aras de promover la libertad de elegir, en el país no es obligación votar.

¿Quién puede votar en Colombia?

En una elección ordinaria, como la de Congreso, están habilitados para votar todos los colombianos que tengan 18 años o más y cuenten con su cédula de ciudadanía en físico. No obstante, no hacen parte del censo electoral los ciudadanos condenados con pérdida de derechos políticos; los colombianos que renuncian a la nacionalidad colombiana; los miembros de la fuerza pública en calidad de personal uniformado y los ciudadanos fallecidos.

En el caso de las personas privadas de la libertad, la ley especifica que: Si la persona ya está condenada y cumple su pena en alguna de las cárceles del país o goza del beneficio de casa por cárcel, está por fuera del censo electoral por tener pérdida de derechos políticos y por tanto no puede sufragar. Por el contrario, si está privada de la libertad como sindicada de cometer algún delito, pero aún no ha sido condenado, hace parte del censo electoral y puede ejercer su derecho al voto.

Asimismo, es importante que los colombianos conozcan cuáles son los delitos electorales en caso de no votar de manera adecuada. Hay que decir que recientemente el Código Penal pasó de contener 11 delitos electorales a 16, por lo que cometer alguna acción imprudente puede derivar en multas o sanciones. En caso de que algún ciudadano tenga conocimiento de algún delito electoral debe denunciarlo ante la Fiscalía General de la Nación. Para conocer todos los delitos electorales dé clic aquí.