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NACIÓN

¿Qué medidas ha dispuesto el gobierno para las manifestaciones en el país?

El Ministerio del Interior presentó la cartilla 'Lineamientos para el desarrollo de las manifestaciones públicas y pacíficas en Colombia'.

Actualizado a
Medidas del gobierno para las manifestaciones en el país. Conozca de qué trata la cartilla publicada por el Ministerio del interior en Colombia.
COLPRENSA

En los últimos años, en Colombia se han presentado múltiples jornadas de manifestaciones en contra de decisiones puntuales del gobierno nacional y hechos que se han presentado en medio de las protestas. Tal fue el caso del año 2019, cuando se dio inicio a un paro en contra de las reformas pensionales, laborales y el holding financiero; sin embargo, en medio de su desarrollo se presentó el asesinato del joven Dilan Cruz, lo cual se sumó a las razones de protestas de aquel paro.

Por otro lado, el paro nacional que inició el pasado mes de abril en el país, inició en contra de la reforma tributaria que presentó el gobierno y el entonces ministro de Hacienda, Alberto Carrasquilla. Y aunque la protesta social logró que el proyecto fuera retirado por el presidente Iván Duque, luego las manifestaciones se enfocaron en rechazar los actos de violencia que se presentaron en el país, así como los casos de abuso policial.

En ese sentido, el Gobierno Nacional ha venido desarrollando estrategias para garantizar el correcto desarrollo de las manifestaciones que se vayan presentando en el país, con el fin de preservar los derechos tanto de los protestantes como de los ciudadanos que deciden no manifestarse. Recientemente, el Ministerio del Interior presentó la cartilla 'Lineamientos para el desarrollo de las manifestaciones públicas y pacíficas en Colombia', la cual define las normas que se deberán seguir en dichas eventualidades.

Medidas del Gobierno para manifestaciones en el país

Según afirmó el Ministerio del Interior, la cartilla presentada está basada en el Decreto 003 de enero del 2021, denominado "Estatuto de reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana", y tiene como principal objetivo garantizar los derechos de quienes deciden salir a protestar de manera pacífica y de aquellos ciudadanos que no lo hacen.

Este documento, será entregado a través de Asocapitales y la Federación de municipios, a los entes territoriales, alcaldías y secretarías de gobierno, para que sean entregados a personeros y procuradores de las distintas regiones del país, con el fin de que sean socializados los lineamientos establecidos. "El objetivo de este texto es proporcionar a los ciudadanos orientaciones sobre el derecho a expresar libremente sus opiniones, reconociendo los derechos de aquellos que deciden no manifestarse. Por otra parte, se explican los procedimientos dispuestos desde las entidades territoriales para que no se vea afectada la convivencia ciudadana en el desarrollo de las manifestaciones públicas y pacíficas; dando cuenta de las diferentes instancias institucionales que confluyen para garantizar el derecho de los manifestantes", sostuvo el ministro del Interior, Daniel Palacios.

La cartilla 'Lineamientos para el desarrollo de las manifestaciones públicas y pacíficas en Colombia', cuenta con 52 páginas en total, en las cuales se habla de la diferencia entre manifestaciones públicas pacíficas y no pacíficas, los diferentes momentos del protocolo (antes, durante y después de la movilización), las acciones que deberá realizar cada institución con respecto a la implementación de los mecanismos de acción y el papel de los sectores ajenos a la manifestación, entre otros temas. Si usted desea descargar el documento, podrá dar click en este enlace. A continuación, le nombramos algunos de los enunciados destacados.

- Los comportamientos que generarán traslados a CTP (Centro de Traslado por Protección) serán: deambular en estado de indefensión o de grave alteración del estado de conciencia por aspectos de orden mental, estar bajo los efectos del consumo de bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o tóxicas, estar involucrado en riñas o presentar comportamientos agresivos (incluyendo actos en contra de las autoridades policiales) y cuando el traslado sea el único medio para proteger la vida de la persona o de terceros.

- La verificación de identificación, dotación y órdenes de servicio del ESMAD o el FUDIS la realiza la Defensoría del Pueblo. Sus integrantes o delegados, a iniciativa propia o a solicitud, podrán realizar dicha verificación.

- El ESMAD o FUDIS estarán ubicado en sitios estratégicos que permitan una acción oportuna y su actuación será ordenada por los alcaldes distritales o municipales. Sin embargo, la intervención del ESMAD será la última instancia y el último recurso para controlar los actos de violencia.