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Denuncias en Bogotá por presunto reclutamiento militar ilegal

La Personería de Bogotá hizo presencia en el Distrito Militar 52, luego de las denuncias sobre posibles irregularidades en el reclutamiento de jóvenes.

Denuncias sobre presunto reclutamiento militar ilegal en Bogotá. Conozca los testimonios y las irregularidades que estaría cometiendo el Ejército Nacional.
Camila DíazCOLPRENSA

El pasado miércoles 18 de agosto, se conoció el caso de algunos jóvenes que fueron trasladados al Distrito Militar 52, ubicado en el Batallón de Artillería número 13, en la localidad de Usme, al sur de Bogotá. Según denunciaron sus familiares, fueron más de 10 las personas que habrían sido víctimas de irregularidades en el reclutamiento, pues varios de ellos fueron detenidos en portales y estaciones de Transmilenio para verificar su situación militar; sin embargo, posteriormente les fueron retenidos sus documentos para trasladarlos hasta dicho batallón pese a no tener citaciones vigentes.

Según varios testimonios recogidos por Blu Radio, algunos de los jóvenes recluidos completan casi una semana en el Distrito Militar con sus documentos retenidos, e incluso, algunos de ellos presentaron documentos que certifican condiciones de salud, pero no fueron tenidos en cuenta. "A mi hijo lo cogieron en el Portal 20 de Julio, le retuvieron la cédula y que en media hora salía luego de que le emitieran una citación. Él venía escoltado por un soldado, lo trajeron en TransMilenio. Luego le dijeron que ya no salía, que se quedaba acá prestando servicio militar. No le han entregado el documento y lleva dos días acá. Él sufre de las muelas y de ansiedad. Acabo de llamarlo y que lo llevaron al médico, pero pese al ataque de ansiedad que tiene, que es apto", sostuvo Julia Melo, madre de uno de los detenidos.

De igual forma, algunos relatos indican que los jóvenes estarían siendo víctimas de intimidaciones y presión por parte de los militares para detener las manifestaciones de sus familiares a las afueras del batallón, pues a algunos los han amenazado con enviarlos a prestar servicio militar a departamentos como Arauca, Meta y Guaviare, en caso de que sus allegados no se retiren de las instalaciones.

Procuraduría hizo presencia en el Batallón

La concejala de Bogotá, Heidy Sánchez Barreto, señaló que es necesario prestarle mucha más atención a las batidas que presuntamente estaría realizando el Ejército Nacional en Bogotá, pues hay otras denuncias de detención de documentos e intimidación. De igual forma, ante el caso puntual de los 13 jóvenes detenidos en el Distrito Militar 52, la cabildante solicitó la presencia de las autoridades competentes.

En ese sentido, la Personería de Bogotá hizo presencia en el lugar y solicitó al Ejército Nacional el estricto cumplimiento de los procedimientos utilizados para definir la situación militar de los jóvenes en la ciudad. Así mismo, la entidad señaló que verificó que todos los ciudadanos retenidos eran bachilleres y mayores de edad, mientras que se garantizó que se recibiera la documentación para aquellos que son objeto de exoneración o aplazamiento del reclutamiento para prestar el servicio militar.

¿El Ejército Nacional me puede detener en la calle?

Cabe resaltar que la Constitución Política de Colombia prohíbe las redadas o batidas indiscriminadas con fines de reclutamiento militar por parte del Ejército en todas las regiones del país. Según lo establecido en la Resolución T-455 de 2014, las mismas se consideran "medidas restrictivas de la libertad personal que carecen de autorización judicial", pues se trataban de reclutar a los jóvenes que no habían prestado su servicio militar de manera forzosa, acuartelándolos para obligarlos a cumplir con la norma.

Por otro lado, hay que recordar que según lo definido en el Artículo 4 de la Ley 1861 del 2017, "el servicio militar obligatorio es un deber constitucional dirigido a todos los colombianos de servir a la patria, que nace al momento de cumplir su mayoría edad para contribuir y alcanzar los fines del Estado encomendados a la Fuerza Pública". Sin embargo, dicho artículo también contempla la excepción de aquellos ciudadanos que ejerzan su derecho fundamental a la objeción de la conciencia, la cual los exonera del servicio militar por razones éticas o religiosas.