Duque sanciona la ley: Padres pueden elegir orden de apellidos de sus hijos
Según la representante María José Pizarro, principal ponente de la ley Aluna, este es un paso importante en la igualdad y eliminación de brechas discriminatorias.
Hace unas semanas en el Congreso de la República fue aprobado en el último debate la implementación de la ley Aluna, la cual buscaba permitir que la elección del orden de los apellidos de los hijos fuera de común acuerdo, dejando atrás la norma que privilegiaba a la figura paterna. En plenaria del Senado, las mayorías de los congresistas votaron a favor de dicha iniciativa, lo que dejó el proyecto solo en manos de sanción presidencial. "Este proyecto revierte la norma discriminatoria contra la mujer, que privilegiaba el apellido del padre. Esto representa un cambio en este tipo de costumbre y compaginará con el principio de no discriminación contra la mujer", aseguró en su momento Gustavo Petro, uno de los líderes de la propuesta.
En ese sentido, este jueves el presidente Iván Duque sancionó la ley Aluna, la cual entrará en vigencia de manera inmediata en el país. "Comprometidos con la política de equidad para las mujeres, hoy promulgamos 6 leyes que promueven y fortalecen el liderazgo de la mujer en la sociedad y el mercado laboral. Avanzamos en el propósito de ser un país con mayor equidad de género y empoderamiento femenino", aseguró el jefe de estado.
Por su parte, la representante María José Pizarro, principal ponente de la iniciativa, celebró la sanción presidencial de la ley Aluna, y aseguró que la misma elimina brechas de desigualdad históricas en la sociedad colombiana.
¿De qué trata la ley Aluna?
Según ha afirmado la representante María José Pizarro, el principal objetivo de este proyecto es que el orden de los apellidos de un hijo sean acordados entre la pareja al momento de registrar su nacimiento, como acto de igualdad de los roles que ejercen tanto el padre como la madre del menor.
Esta ley aplicará para hijos matrimoniales, extramatrimoniales, adoptivos, de unión marital de hecho, de parejas conformadas por personas del mismo sexo y con paternidad o maternidad declarada judicialmente. No obstante, en caso tal de que los padres no lleguen a un acuerdo, la elección del primer apellido se realizará a través de un sorteo llevado a cabo por el funcionario de la Registraduría, mientras que si se presenta desconocimiento de paternidad, los apellidos del menor serán los del padre o madre que tramite el Registro Civil de Nacimiento.
Vale la pena aclarar que el proyecto sancionado por el presidente Iván Duque, contempla la opción de que las personas que llevan un solo apellido, puedan adicionar otro a su nombre; así mismo, se reafirmó la posibilidad de que una vez estos ciudadanos cumplan la mayoría de edad, podrán cambiar su nombre una única vez, a través de escritura pública.
Finalmente, la Registraduría Nacional del Estado Civil dispondrá de un plazo total de 6 meses para dar trámite a esta nueva regulación del presidente Iván Duque, la cual según María José Pizarro, "es un reconocimiento a las labores de cuidado y crianza de las mujeres en nuestro país y va más allá de una acción afirmativa, comienza a cambiar estructuras sociales dominantes en Colombia; es un proyecto de ley simbólicamente muy potente, es un paso más en la lucha por la equidad de género".