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POLÍTICA

¿Por qué Richard Aguilar ha renunciado a su curul en el Senado?

Aguilar fue capturado este martes por el CTI de la Fiscalía por presunta corrupción cuando se desempeñaba como gobernador de Santander.

Actualizado a
Richard Aguilar, ex gobernador de Santander.
Colprensa

Este martes, 27 de julio, se conoció la noticia sobre la detención del exgobernador de Santander, Richard Aguilar, luego de que la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia ordenada su captura por los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos, interés ilícito en la celebración de contratos, concierto para delinquir agravado y peculado por apropiación cuando fungía como gobernador entre los años 2014 y 2015.

De acuerdo con la Corte Suprema de Justicia, "en la celebración de los negocios jurídicos cuestionados, el entonces mandatario regional habría ordenado, a algunos funcionarios de la Gobernación del departamento, favorecer y entregar esos contratos a ciertas personas o consorcios previamente señalados por él".

Las presuntas irregularidades por las que es investigado Aguilar tienen que ver con contratos de obras e interventoría para el reforzamiento del Estadio en la Villa Olímpica de Bucaramanga (2015), obras de mejoramiento en la carretera San Gil - Charalá (2014) y en el corredor vial Agroforestal y Energético (2014), así como labores de mejoramiento en la vía Bucaramanga - Floridablanca (2014).

Esta investigación implica a otros posibles participantes de los delitos, razón por la cual, la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación para que se adelanten las acciones penales que esa entidad considere pertinentes. Según informó Blu Radio, 21 personas serían llamadas por la Fiscalía para continuar con las investigaciones en el marco de las presuntas irregularidades.

Algunas de las personas investigadas serían: Julián Jaramillo, exasesor del exgobernador Richard Aguilar; Javier Felipe Villamil, exasesor Jurídico de Richard Aguilar; Reinaldo Castillo Parra, ex secretario de Infraestructura de Santander; Jorge Céspedes Camacho, exjefe de la Oficina Jurídica de la Gobernación de Santander; Octavio Reyes Sarmiento; Reynaldo Bohórquez, gerente de la empresa Construvicol S.A.S; Juan Gonzalo Ángel Jiménez, propietario de la empresa Meyan S.A; Camilo Alberto Osorio Peláez, gerente de la empresa Concitop S.A.S; Aureliano Naranjo Sarmiento, primo del exgobernador Hugo Aguilar y Ángela María Naranjo Díaz, contratista e hija del primo del coronel Aguilar.

Aguilar renuncia al Senado de la República

Richard Aguilar venía ocupando el cargo de senador de la República por Cambio Radical, no obstante, por todo lo anterior el exgobernador de Santander confirmó que renuncia a su cargo. "Quiero informarles que tomé la decisión de renunciar al Senado de la Rep.,toda vez que la medida impuesta me impide cumplir a cabalidad con mis funciones. Me concentraré en mi defensa siempre confiando en el correcto actuar de las instituciones", publicó Aguilar en Twitter.

Asimismo, el político agradeció a todos por la comprensión y publicó en sus redes sociales una carta en la cual dice: "Hoy con un inmenso dolor me despido de este cargo para concentrarme en mi defensa y demostrar mi inocencia, porque se lo debo a cada uno de los colombianos que creyeron en mí, que he representado y por quienes he trabajado incansablemente durante el ejercicio de mi vida pública".

Es importante mencionar que el partido Cambio Radical no podrá reemplazarlo temporalmente. Además, si el ex congresista es condenado, la curul se perderá definitivamente. "En ningún caso podrán ser reemplazados quienes sean condenados por delitos comunes relacionados con pertenencia, promoción o financiación a grupos armados ilegales o actividades de narcotráfico; dolosos contra la administración pública; contra los mecanismos de participación democrática, ni por delitos de lesa humanidad. Tampoco quienes renuncien habiendo sido vinculados formalmente en Colombia a procesos penales por la comisión de tales delitos, ni las faltas temporales de aquellos contra quienes se profiera orden de captura dentro de los respectivos procesos", explica el artículo 134 de la Constitución Política.