Vuelos nacionales Colombia: Medidas, protocolos y lineamientos
El Ministerio de Salud adoptó nuevas medidas para los viajes domésticos en el país mediante la Resolución 1517 de 2020.
Desde este 1 de septiembre y como parte del nuevo Aislamiento Selectivo establecido por el Gobierno Nacional, se reactivaron los vuelos domésticos en Colombia, tras la aprobación del protocolo en meses anteriores junto a un exitoso plan piloto, sin embargo, el Ministerio de Salud estableció nuevos lineamientos para evitar la propagación del COVID-19.
El Ministerio de Salud publicó la Resolución 1517 busca implementar nuevos protocolos de bioseguridad y medidas para poder evitar la propagación y expansión del coronavirus en el país. Por esta razón, para algunos viajes será necesario que los pasajeros presenten su test de COVID-19.
"Los departamentos con una tasa de contagio de COVID-19 menor a 1.000 por 100.000 habitantes y cuya principal vía de acceso desde otros departamentos sea la vía aérea, se pedirá, antes del embarque, a las personas mayores de 7 años, la presentación del resultado de la prueba para la detección de la COVID-19, el cual debe ser negativo, con una validez no mayor a 48 horas", afirmó Claudia Milena Cuéllar, directora encargada de Promoción y Prevención.
Las personas que no presenten su test de COVID-19 o el resultado arroje positivo no podrán aborar el avión y viajar a su ciudad de destino.
- Adopción del protocolo de brioseguridad: Adoptar el protocolo de bioseguridad para la prevención y control del riesgo del coronavirus COVID-19 en los sectores aeroportuario y aeronáuticos del territorio nacional, exclusivamente para el transporte doméstico de personas por vía aérea.
- Ambito de aplicación del protocolo de bioseguridad: El protocolo de bioseguridad que se adopta a través de la presente resolución aplica a los operadores de aeropuertos aerolíneas y explotadores de aeronaves, empresas de transporte, agencia de aduana, a los departamentos, ala Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil y a los pasajeros de medios de transporte aéreo en el territorio nacional.
- Medidas de prevención diferenciales para determinados territorios: Para el embarque en el transporte doméstico de personas por vía aérea hacia los departamentos con una tasa de contagio de COVID-19 menor a 1.000 por 100.00 habitantes y cuya principal vía de acceso desde otros departamentos sea la vía aérea, se pedirá, antes del embarque, a las personas mayores de 7 años, la presentación del resultado de la prueba de Antígeno para detección de COVID-19, el cual debe ser negativo. La fecha del resultado de la prueba no puede superar las 48 horas anteriores al abordaje del transporte aéreo. Si el pasajero no exhibe el resultado de la prueba o esta es positiva, no se permitirá su acceso a la aeronave.