Devolución IVA del DPS: ¿puede cobrar un tercero a nombre de un adulto mayor?
Los beneficiarios de la lista prioritaria de Colombia Mayor, pueden reclamar la ayuda desde el pasado 18 de agosto y tendrán plazo hasta el 31 del mismo mes.
Desde el pasado 17 de julio, el Departamento de Prosperidad Social inició con el tercer pagó del programa de Compensación del IVA, el cual está dirigido a 1 millón de familias en el país y se ha ido entregando de manera gradual hasta el próximo domingo 23 de agosto (para los que hacen parte de Familias en Acción).
El millón de familias que reciben la ayuda de este programa están divididas de la siguiente manera: se benefician los 700 mil hogares más pobres de "Familias en Acción" y 300 mil de la lista de priorizados del programa "Colombia Mayor". Ahora bien, desde el el 18 de agosto pasado, los beneficiarios de Colombia Mayor pueden empezar a recibir el dinero de este giro y podrán acceder a este apoyo económico hasta el 31 del mismo mes.
¿Puede un tercero cobrar a nombre de un adulto mayor?
En este caso, sí se puede hacer. Susana Correa, directora del DPS, afirmó que para hacerlo es indispensable presentar cédula de ciudadanía original del beneficiario y de la persona autorizada para el retiro, y un documento firmado por el beneficiario mediante el cual autoriza el retiro de los recursos al autorizado.
Adicionalmente, para el proceso de cobro de subsidios, los asistentes deben cumplir las medidas de bioseguridad establecidas en los puntos de pago como uso permanente de tapabocas personal y adecuado distanciamiento social.
¿Dónde se cobran los giros del programa Colombia Mayor?
El reclamo de esta ayuda económica, se debe hacer en el municipio correspondiente por medio de Efecty. Haga click acá y conozca todos los puntos Efecty habilitados en el territorio nacional para el cobro de la devolución del IVA.
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