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COVID-19

Cuarentena en Colombia: horario y quién puede hacer ejercicio con el nuevo decreto

En el numeral 35 del artículo tres del decreto 1076 del 28 de julio del 2020, se encuentran las excepciones para hacer ejercicio al aire libre.

Cuarentena en Colombia: horario y quién puede hacer ejercicio con el nuevo decreto
Colprensa

En el decreto 1076 del 28 de julio del 2020 se oficializó el anuncio del presidente Iván Duque de extender la cuarentena en el país hasta el próximo 30 de agosto, con 46 excepciones listadas en el documento firmado por el Ministerio del Interior. 

"Ordenar el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia, a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 1 de agosto de 2020, hasta las cero horas (OO:OO) del día 1 de septiembre de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19", dice el artículo uno del decreto.

¿Quién puede hacer ejercicio con el nuevo decreto?

En el punto 35 del artículo 3, en el que se citan las 46 excepciones de la cuarentena, dice, "de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales, yen todo caso con sujeción a los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan, se permitirá:

El desarrollo de actividades físicas, de ejercicio al aire libre y la práctica deportiva de manera individual de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un período máximo de dos (2) horas diarias.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de 6 años, tres (3) veces a la semana, una (1) hora al día.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre dos (2) y cinco (5) años, tres (3) veces a la semana, media hora al día.

El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, por un período máximo de dos (2) horas diarias.

Adultos mayores de 70 años

Luego del fallo de una tutela impuesta para proteger los derechos de igualdad de los adultos mayores del 70 años, estos tendrán el mismo horario de las personas que están en el rango de edad d 18 a 69 años

"En aras de aplicar la regla de confinamiento sin ningún tipo de distinción en los términos de esta sentencia, estas personas tendrán una restricción del desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre por un período máximo de dos (2) horas diarias, igual al de las personas que están en el rango de edad de 18 a 69 años, mientras se llega al consenso citado". dice el decreto.

¿Qué no se puede hacer?

Bajo ningún motivo en municipios o ciudades con moderada o alta afectación del virus se podrá efectuar al práctica deportiva y ejercicio grupal en parques públicos y áreas de recreación, deportes de contacto o que se practiquen en conjunto.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (Covid-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el Covid-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!