Cuarentena estricta en Bogotá: ¿el pico y célula sigue vigente?
Después de los anuncios que hizo la Alcaldía de Bogotá en conjunto con el Ministerio de Salud, no se modificó el pico y cédula en la ciudad.
La Alcaldía de Bogotá hizo modificaciones a la medida de cuarentena total por localidades en la capital. La alcaldesa Claudia López dio a conocer los cambios que se hicieron junto al Ministerio de Salud y que tienen que ver con las fechas correspondientes para cada grupo de localidades.
"Según lo acordado con el Ministerio de Salud y con el gremio médico, tenemos nuevas fechas de cuarentena estricta por localidades. Uno de los objetivos de este nuevo cronograma es reducir la presión sobre el sistema de salud y su personal médico", dijo la mandataria.
¿Qué pasará con el Pico y Cédula?
En las modificaciones no hay cambios con respecto al Pico y Cédula. Esta medida continúa en la ciudad de forma indefinida y con las mismas reglas con las que ha funcionado desde su comienzo. Las personas que tienen documento de identidad finalizado en número par no podrán salir los días pares y quienes tengan documento de identidad terminado en número impar, no podrán hacerlo los días impares.
¿Cómo es el orden esta semana?
Así es el orden desde este miércoles 22 hasta el domingo 26 de julio. Estos son los números que sí pueden salir dependiendo del día.
Miércoles 22: 1, 3, 5, 7, 9
Jueves 23: 0, 2, 4, 6, 8
Viernes 24: 1, 3, 5, 7, 9
Sábado 25: 0, 2, 4, 6, 8
Domingo 26: 1, 3, 5, 7, 9
¿Qué actividades se pueden realizar?
Usted puede salir a trabajar, sin embargo, cuando su salida esté restringida no puede hacer activiades como la adquisición y pago de bienes y servicios, compra de cualquier producto al detal y por mayor, de servicios bancarios, financieros y notariales, atención al ciudadano en entidades públicas, y de prestación de cualquier otro tipo de servicios excepto los de salud, farmacia y servicios funerarios. Si hay algo que no es urgente, es preferible que lo deje para cuando pueda salir.
¿Qué personas están exentas?
Las personas que están exentas de esta medida son los servicios y trámites notariales, bancarios, financieros y administrativos que para su realización requieran la comparecencia simultánea de dos o más personas.
Las personas que le sirven de apoyo a adultos mayores, personas en condición de discapacidad o enfermos con tratamientos especiales que requieren de acompañamiento para realizar actividades o trámites.
El personal médico vinculados con la prestación del servicio de salud debidamente identificados".
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