CORONAVIRUS

Excarcelaciones de presos: qué reclusos van a ser liberados y cuáles no

Ministerio de Justicia y el presidente Iván Duque firmaron un decreto que permite otorgar prisión domiciliaria a personas vulnerables frente al Covid-19 en las cárceles.

Excarcelaciones de presos: qué reclusos van a ser liberados y cuáles no

La crisis por el coronavirus también golpea a las cárceles del país. En ese marco, el Gobierno nacional expidió el decreto 546 del 14 de abril de 2020, por medio del cual adopta medidas para sustituir la pena de prisión y la medida de detención preventiva en establecimientos carcelarios por la prisión domiciliaria para personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad frente al Covid-19.

"El Decreto busca evitar el contagio en las cárceles del país, su propagación y las consecuencias que de ello se deriven y reducir la tasa de hacinamiento”, indicó la ministra de Justicia, Margarita Cabello, quien además trabajará con el Inpec y el Consejo Superior de la Judicatura en los aspectos operativos de la medida que se toma en el marco Estado de Emergencia decretado en Colombia.

¿Qué pasa con los reclusos positivos por coronavirus?

Según el decreto, las personas que hayan sido diagnosticadas por COVID-19 dentro de establecimientos carcelarios o en centros transitorios detención, serán trasladadas por el Inpec a lugares aptos para tratamiento o a instituciones de salud que dispongan por las autoridades competentes. No se les concederá la medida de aseguramiento detención o prisión domiciliaria hasta tanto las autoridades médicas y sanitarias lo autoricen.

¿Qué reclusos pueden ser liberados?

Las medidas previstas se concederán en siete casos contemplados en la norma siempre y cuando el delito no esté en el listado de exclusiones:

1. Personas que hayan cumplido 60 de edad.

2. Madres gestantes o con hijos menores de 3 años de edad, dentro de los establecimientos penitenciarios.

3. Personas que padezcan cáncer, VIH, insuficiencia renal crónica, diabetes, insulinodependientes, trastorno pulmonar, anticoagulación, hepatitis B, hemofilia, artritis reumatoide, enfermedades tratadas con medicamentos inmunosupresores, enfermedades coronarias, personas con trasplantes, enfermedades autoinmunes, enfermedades huérfanas y cualquier otra que ponga en grave riesgo la salud o la vida del recluso, de conformidad con la historia clínica del interno en salud o certificación médica.

4. Personas con movilidad reducida por discapacidad debidamente acreditada

5. Personas condenadas o que tengan medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento penitenciario y carcelario por delitos culposos.

6. Condenados a penas privativas de la libertad de hasta 5 años de prisión.

7. Quienes hayan cumplido el 40% la pena privativa de libertad en establecimiento penitenciario, atendidas redenciones a que se tiene derecho.

¿Qué reclusos no pueden optar?

Las disposiciones no son aplicables a personas que sometidas al procedimiento extradición, sin importar la naturaleza del delito de que se trate.

Así mismo, quienes hayan cometido los siguientes delitos: genocidio, apología al genocidio, homicidio simple en modalidad dolosa, homicidio agravado, feminicidio, lesiones causadas con químicos, ácidos o sustancias similares, desaparición forzada, secuestro, tortura, desplazamiento, trata de personas, tráfico de niñas, niños y adolescentes, violencia intrafamiliar, terrorismo, entre otros (Ver artículo 6 del decreto, página 18).

De igual forma quedarán excluidas personas con crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y delitos que sean consecuencia del conflicto armado, tampoco si los reclusos hacen parte de un Grupo Delictivo Organizado, ni cuando la persona haya sido condenada por delito doloso dentro de los 5 años anteriores.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (Covid-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el Covid-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!