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¿Puedo cobrar la pensión de jubilación antes de cumplir la edad?: qué debo saber

Los cotizantes que estén en un fondo de pensión público, pueden pensionarse hasta los 55 años, mientras que en los fondos privados no hay ningún requisito de edad.

COLPRENSA

De acuerdo al artículo 36 de la Ley 100, “la edad para acceder a la pensión ve vejez continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014, fecha en la cual la edad se incrementa en 2 años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres”. Sin embargo según el Ministerio de Justicia, los cotizantes pueden pedir ante su fondo de pensiones ya sea de carácter público o privado la pensión anticipada por vejez.

En el caso de Colpensiones, las personas que estén interesadas en acceder a la pensión especial de vejez anticipada, deberán tener al menos 55 años sin importar si es hombre o mujer. Además, tendrán que portar la certificación de la Junta de Calificación de Invalidez donde esté validado el porcentaje de pérdida laboral de al menos el 50%, por último, los usuarios deben tener mil semanas cotizadas en el Sistema General de Seguridad Social de Pensiones.

Recuerde que usted puede solicitar el reconocimiento de la pensión especial de vejez anticipada por medio de la página web de Colpensiones o acercándose a la oficina más cercana a su logar de residencia. De contar con los requisitos que certifiquen que requiere pensionarse antes de tiempo, el organismo tendrá un periodo de 4 meses para resolver y atender su solicitud e iniciar el pago de sus fondos.

¿Puedo pensionarme antes de tiempo en los fondos privados?

Dentro de las Administradoras de Fondos de Pensiones privadas, cualquier persona tiene la posibilidad de pensionarse sin cumplir con los requisitos de edad ni semanas. De acuerdo con María Lorena Botero, gerente de Beneficios de Pensiones en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, “si el capital que existe en la cuenta individual permite financiar una pensión de por lo menos el 110 % del salario mínimo, puede pensionarse en cualquier momento y solo aplica en las AFP privadas”, según lo explicó la funcionaria en diálogo con la revista Semana.

En ese orden de ideas, las personas pueden pensionarse de manera anticipada si cuentan con un capital que les permita la financiación de al menos un 110% de un salario mínimo legal vigente (SMLMV). Sin embargo, el monto de la pensión dependerá directamente del tiempo que el cotizante destine al Sistema de Pensiones.

Teniendo en cuenta lo anterior, un trabajador que aporte al sistema de fondos públicos y desee trasladarse al sistema de fondos privados para acceder a su pensión anticipada, deberá haber cotizado, por lo menos, 150 semana en el Régimen del Seguro Social o en las Cajas de Previsión del sector público.

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