Adiós a la plataforma del RUNT: estas serán las soluciones y nuevas respuestas para los conductores
MinTransporte amplió el plazo para que organismos del sector de movilidad y transporte se adapten a la nueva plataforma RUNTpro.

En los últimos días, el Ministerio de Transporte anunció que la plataforma del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) dejaría de operar a partir del pasado miércoles 23 abril. De acuerdo con la cartera, los actores del sector de tránsito y transporte deberán migrar hacia un nuevo sistema para registrar, validar y autorizar sus trámites: RUNTpro.
Sin embargo, debido al número de solicitudes que recibió la cartera dirigida por María Fernanda Rojas Mantilla, el ministerio anunció que los organismos de tránsito y transporte tendrán plazo de registrar los datos en el nuevo aplicativo hasta el próximo martes 20 de mayo.
“Dado que no han culminado los ajustes necesarios en sus sistemas para un intercambio de información eficiente con el RUNTPRO, se hace necesario ampliar el plazo inicialmente otorgado, el cual irá hasta el 20 de mayo del presente año, por lo que los servicios mencionados serán inhabilitados en la misma fecha, con esto, se completará el apagado total del sistema anterior”, explicó el Ministerio por medio de un comunicado.
¿Esta medida afectará a los ciudadanos del común?
Además de ampliar el plazo inicialmente establecido, el Ministerio de Transporte aclaró que el paso hacia la nueva plataforma digital no afectará a los conductores, pues el traspaso de la información está a cargo de entidades como las Secretarías de Tránsito o los Centros de Reconocimiento de Conductores.
De hecho, la implementación del nuevo sistema hace parte de los avances tecnológicos implementados desde el Gobierno Nacional con el fin de garantizar una administración eficiente de los datos en materia de movilidad a nivel nacional. Por tanto, es un proceso que está a cargo de autoridades de tránsito, organismos de apoyo, importadores, ensambladores, o desintegradoras.
“En caso de que no se atienda la circular que instruye la migración a la plataforma RUNTpro, y esto genere omisiones, retrasos o denegaciones injustificadas en la prestación de servicios a los usuarios, los cuales por ley corresponden a los Organismos de Tránsito, esta situación constituiría una conducta sancionable de acuerdo con la Ley 2050 de 2020”, añadió el Ministerio de Transporte.
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