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MOVILIDAD

Pico y placa en Bogotá del 10 al 17 de enero: horarios, medidas y excepciones

La capital del país se prepara para retomar la restricción vehicular luego de que fuera levantada durante el periodo de fin de año.

Actualizado a
Pico y placa en Bogotá del 10 al 17 de enero del 2021. Conozca el funcionamiento de la medida, los horarios y las restricciones en la ciudad.
COLPRENSA

Desde hace varios años, las alcaldías y administraciones de las grandes ciudades y municipios del país han venido implementando la medida del pico y placa en sus territorios con el objetivo de optimizar la movilidad de los habitantes y reducir el tráfico. Esta normativa restringe la circulación de algunos automotores con base en el último dígito de la placa y en horarios establecidos por las autoridades.

Así mismo, cabe resaltar que los ciudadanos que desacaten la normativa podrían ser merecedores de multas y sanciones definidas por el Código Nacional de Policía y Convivencia, las cuales serían superiores a los $438.901 pesos. Sin embargo, el valor de la sanción podría incrementarse en caso de que el vehículo sea detenido en vías principales y trasladado a los patios, pues por cada noche se aumentará el precio.

Pico y placa en Bogotá del 10 al 17 de enero

Desde finales del mes de diciembre, la Secretaría de Movilidad de Bogotá anunció el levantamiento de la restricción vehicular debido al alto número de vehículos que salieron de la ciudad durante la temporada de fin de año. No obstante, teniendo en cuenta que ya la mayoría de habitantes se encuentra retornando a sus actividades, la medida volvió a regir desde este lunes festivo del 10 de enero, aunque con modificaciones en su horario y nuevas estrategias para mejorar la movilidad.

Por un lado, en Bogotá comenzará a ejecutarse el "Pico y placa Regional" durante todos los lunes de puente festivo del año, restringiendo la entrada y salida de vehículos de la ciudad en los principales corredores viales. Así mismo, el horario de la restricción en días hábiles entre semana, se extenderá y abarcará todo el día, mientras que el sistema de rotación se mantendrá. Conozca a continuación el funcionamiento de la medida en cada uno de estos días.

- Lunes 10 de enero: durante el primer lunes festivo del año habrá pico y placa desde las 12:00 pm y hasta las 4:00 pm para vehículos cuyas placas estén finalizadas en cifra impar (1,3,5,7 y 9) y de 4:00 pm a 8:00 pm para automotores con placas terminadas en cifra par (0,2,4,6 y 8).

- Martes 11 de enero: los vehículos particulares finalizados en cifra impar (1,3,5,7 y 9) no podrán circular de 6:00 am a 9:00 pm, mientras que los que terminen en dígito par (0, 2,4,6 y 8) sí podrán hacerlo.

- Miércoles 12 de enero: los vehículos particulares finalizados en cifra par (0,2,4,6 y 8) no podrán circular de 6:00 am a 9:00 pm, mientras que los que terminen en dígito impar (1,3,5,7 y 9) sí podrán hacerlo.

- Jueves 13 de enero: los vehículos particulares finalizados en cifra impar (1,3,5,7 y 9) no podrán circular de 6:00 am a 9:00 pm, mientras que los que terminen en dígito par (0, 2,4,6 y 8) sí podrán hacerlo.

- Viernes 14 de enero: los vehículos particulares finalizados en cifra par (0,2,4,6 y 8) no podrán circular de 6:00 am a 9:00 pm, mientras que los que terminen en dígito impar (1,3,5,7 y 9) sí podrán hacerlo.

- Sábado 15 y domingo 16 de enero: la medida del pico y placa no estará vigente en ningún horario.

- Lunes 17 de enero: los vehículos particulares finalizados en cifra impar (1,3,5,7 y 9) no podrán circular de 6:00 am a 9:00 pm, mientras que los que terminen en dígito par (0, 2,4,6 y 8) sí podrán hacerlo.

Finalmente, es preciso resaltar que la Secretaría de Movilidad definió algunas excepciones para la normativa del pico y placa diario en la ciudad, dentro de las que se destacan Vehículos eléctricos y de cero emisiones contaminantes, caravana presidencial, vehículos de servicio diplomático o consular, carrozas fúnebres, vehículos de organismos de seguridad del Estado, vehículos de emergencia, vehículos utilizados para el transporte de personas en condición de discapacidad, vehículos de empresas de servicios públicos domiciliarios, vehículos destinados al control de tráfico y grúas, vehículos de control de emisiones y vertimientos, motocicletas, vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección, vehículos de medios de comunicación, vehículos de autoridades judiciales, vehículos de transporte escolar propiedad de instituciones educativas, vehículos tipo automóvil, campero o camioneta destinados a la enseñanza automovilística, vehículos con 3 o más ocupantes, vehículos híbridos y vehículos con Pico y Placa Solidario de acuerdo con la vigencia.