Pago extraordinario del Ingreso Solidario: quiénes no pueden recibirlo y por qué
Desde el pasado 28 de diciembre, el Departamento de Prosperidad Social viene entregando los pagos de enero y febrero de manera adelantada.
Desde el inicio de la pandemia del coronavirus, el Gobierno Nacional ha venido realizando esfuerzos para atender a los colombianos de escasos recursos que han padecido los efectos del COVID-19. De acuerdo con la Presidencia de la República, bajo el mandato de Iván Duque se han invertido más de $28,8 billones de pesos en transferencias monetarias, "la cual es la inversión social más grande en transferencias de los últimos 20 años y desde la creación de estos programas para superar la pobreza en el país".
Dentro de los programas sociales que ha diseñado el Gobierno Nacional se encuentra el Ingreso Solidario, el cual actualmente beneficia a más de 3 millones de hogares en el territorio nacional. Esta iniciativa, entrega mensualmente la suma de $160.000 pesos a cada uno de sus receptores, con los cuales se busca aumentar su capacidad adquisitiva. No obstante, los últimos pagos del subsidio se han hecho de forma acumulada o adelantada, como el caso de los giros extraordinarios de enero y febrero del 2022.
¿Quiénes pueden cobrar el pago extraordinario?
Desde finales del año anterior, el Departamento de Prosperidad Social, entidad encargada de la logística del programa, anunció que los pagos extraordinarios de la ayuda correspondientes a los giros 22 y 23, se comenzarían a entregar a partir del día 28 de diciembre. Así mismo, la entidad resaltó que desde dicha fecha se podrían reclamar los $320.000 pesos de los meses de enero y febrero, que en esta oportunidad se pagaron adelantados.
Este dinero, puede ser reclamado por todos aquellos hogares que se encuentren vinculados al programa sin importar que sean bancarizados o no bancarizados, aunque en el caso de estos últimos, tendrán como fecha límite de retiro del dinero el próximo 16 de enero. En total son más de 3 millones de familias colombianas las que pueden recibir el giro extraordinario, aunque cabe resaltar que este no es un pago adicional, sino el pago adelantado de los meses de enero y febrero, razón por la cual el próximo periodo de entregas será hasta el mes de marzo.
¿Quiénes no pueden reclamar los giros de enero y febrero?
Teniendo en cuenta lo anterior, los colombianos que no se encuentren vinculados al Ingreso Solidario, es decir, que no sean beneficiarios, serán quienes no puedan acceder a los subsidios que otorga el programa. Esta estrategia, está diseñada exclusivamente para las personas que viven en condiciones de pobreza y pobreza extrema, que se encuentran focalizadas como tal en las bases de datos del Sisbén y que no reciben otras ayudas por parte del Gobierno Nacional.
Si usted desea saber si puede cobrar el subsidio, tendrá que dirigirse a la página web oficial del programa y dar clic en el botón "Consulta giros y beneficiarios en proceso", para posteriormente diligenciar el formulario con sus datos personales y de contacto y que el sistema le brinde la información solicitada. Para el Ingreso Solidario no existen convocatorias ni inscripciones, puesto que sus receptores son elegidos por parte del Departamento de Prosperidad Social.