Caracol Radio
NewslettersRegístrateAPP
españaESPAÑAchileCHILEcolombiaCOLOMBIAusaUSAméxicoMÉXICOusa latinoUSA LATINOaméricaAMÉRICA

MOVILIDAD

Pico y placa en Bogotá y Medellín hoy, 22 de octubre: restricción, horarios y excepciones

Este viernes la medida de pico y placa funciona con normalidad para vehículos particulares y de servicio público en Bogotá y Medellín.

Actualizado a
Pico y placa en Bogotá y Medellín hoy, 22 de octubre: restricción, horarios y excepciones
Colprensa

Este viernes 22 de octubre continúa la medida de pico y placa en Bogotá y Medellín con el propósito de reglamentar el uso de los vehículos particulares y públicos, y de esa manera mejorar la movilidad en las principales vías de esas regiones. Esta ley obliga a los propietarios de automóviles a abstenerse de utilizar su medio de transporte en días puntuales, no obstante, la restricción varía de acuerdo con el número de la placa.

Quienes incumplan con la medida que reglamenta el tránsito en estas ciudades del país tendrán sanciones económicas. En ese sentido, los conductores que decidan sacar su vehículo en días y horas en donde esté vigente la restricción tendrán que pagar una sanción de 447.555 pesos colombianos, además se les realizará la inmovilización del vehículo. Tenga en cuenta que la multa podría incrementar en caso de que el vehículo sea detenido en vías principales y trasladado a los patios.

Pico y placa en Bogotá

Hoy viernes 22 de octubre tienen pico y placa en Bogotá los vehículos particulares que terminen en número par (2, 4, 6, 8 y 0), lo que significa que se restringe la circulación de estos automóviles. Del mismo modo, tienen pico y placa los vehículos de servicio de transporte especial y taxis que tengan placas terminadas en los números 1 y 2. Tenga en cuenta que esta medida no aplica para motos ni para vehículos de transporte público colectivo.

El pico y placa en la capital del país funciona tanto en la mañana como en la tarde. La medida que regula la movilidad de los bogotanos está vigente desde las 6:00 a.m. hasta las 8:30 a.m. y vuelve a regir en toda la ciudad desde las 3:00 p.m. hasta las 7:30 p.m. Esta restricción funciona para todos los colombianos que circulen por la ciudad, es decir, no aplica únicamente para personas que residan en Bogotá.

La restricción también cuenta con excepciones. La Alcaldía de Bogotá informó desde principio de año que, en 2021 están exentos de pico y placa los profesionales independientes del sector de la salud humana, el personal vinculado a una Institución Prestadora de Servicios de Salud IPS, los propietarios de automóviles eléctricos e híbridos, ciudadanos que usen su carro particular de manera compartida y los conductores que hayan pagado por el pico y placa solidario.

Pico y placa en Medellín

En Medellín, tienen pico y placa este viernes 22 de octubre los vehículos particulares con placas terminadas en el número 4. De igual manera, taxis que tengan la placa terminada en número 9 tampoco podrán transitar por las vías de esta ciudad. Es importante mencionar que desde el pasado lunes 4 de octubre en Medellín y los otros nueve municipios del Valle de Aburrá comenzó a regir el pico y placa para motos de dos y cuatro tiempos. Hoy no circulan placas iniciadas en 4.

"El pico y placa para motocicletas también será de un dígito al día, es decir que cada vehículo tendrá restricción cada dos semanas. Aplicará de lunes a viernes entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m.", comentó el secretario de Movilidad de Medellín, Carlos Mario Mejía. Mientras que los vehículos particulares no pueden transitar por las vías de la capital de Antioquia entre las 5:00 a.m. y las 8:00 p.m. Para taxis aplica desde las 6:00 a.m. hasta las 8:00 p.m.

Finalmente, en la capital de Antioquia tienen excepciones los vehículos para la atención de emergencias; que presten atención médica personalizada o domiciliaria; que realicen labores relacionadas con el rescate de órganos, tejidos y el trasplante de los mismos; que usen gas natural comprimido vehicular; de combustible eléctrico e híbrido; de transporte terrestre automotor; destinados al transporte de alimentos o elementos perecederos.

Igualmente, están exentos los vehículos de carga con capacidad igual o superior a tres y media toneladas; destinados a la prestación de servicios públicos; de propiedad de medios de comunicación; de seguridad nacional pertenecientes a las Fuerzas Militares, Policía Nacional, INPEC y Fiscalía General de la Nación; destinados al control del tránsito; acreditados para el transporte de valores; coches funerarios; entre otros.