FAMOSOS

Elizabeth Loaiza, multada por publicidad engañosa con prueba covid-19

La reconocida modelo y reina de belleza había promocionado pruebas rápidas de covid-19 por medio de su cuenta de Instagram.

Actualizado a
Elizabeth Loaiza, modelo.

La modelo, influenciadora y reina de belleza colombiana, Elizabeth Loaiza Junca, fue multada por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por publicidad engañosa al promocionar pruebas rápidas de covid-19. Esta multa equivale a un total de 136.278.900 de pesos y según la entidad, se impuso por incumplir las normas que regulan las condiciones objetivas de la publicidad.

Desde la SIC aseguraron que "Elizabeth Loaiza Junca emitió una publicidad que pudo afectar el derecho que les asistía a los consumidores a ser protegidos contra la publicidad engañosa, toda vez que ésta publicó en la red social Instagram el producto ProMed Covid 19 Rapid Test". Por su parte, Elizabeth aseveró que las pruebas contaban con el registro sanitario en Colombia. No obstante, el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (INVIMA), expresó que dicha información no es cierta.

Además, Loaiza comentó que la venta del producto únicamente se realizaría a Gobernaciones, Alcaldías, hospitales y clínicas. Sin embargo, esa información no sería del todo cierto, pues según investigaciones de las entidades reguladoras, la comercialización del producto no se estaba limitando a ventas institucionales como decía la publicidad.

La SIC afirmó que la persona encargada de contestar la línea telefónica no advirtió ni exigió documentación alguna que acreditara al comprador como representante de alguna autoridad o institución de salud. En las llamadas únicamente se estaría informando sobre el número mínimo de unidades que se podían comprar.

La cuenta de Instagram "no era restrictiva ni se constituía en un canal exclusivo para el ofrecimiento de productos dirigidos a entidades de salud, sino que por el contrario, en dicha red social, confluyen un número importante de seguidores, que tuvieron acceso a la publicidad emitida, en un momento álgido por la existencia de una pandemia mundial y en el cual, cualquier consumidor al ver la publicación, pudo verse motivado a acceder a dicho producto y contactar al número telefónico expuesto para obtener información y adoptar una decisión razonable de consumo", indicó la SIC.