Supersociedades ordena liquidación judicial al Cúcuta
Según la juez del caso, el equipo incumplió a diferentes entidades, entre ellas la Alcaldía de Cúcuta y el Instituto Municipal de Deportes y Recreación.
La juez encargada de la audiencia falló a favor del Instituto Municipal de Recreación y Deporte y la Alcaldía de Cúcuta. "Se presentaron diferentes denuncias de incumplimiento por parte de los acreedores de seguridad social pos acuerdo y del acuerdo tales como la Alcaldía Municipal de Cúcuta y el Instituto Municipal de Recreación y Deporte con quienes no fue posible llegar a una fórmula de normalización y quienes solicitaron puntualmente la aplicación de las consecuencias previstas en el artículo 46 de la ley 1116. Este despacho en conformidad con la norma mencionado advierte que no se logró una fórmula de normalización con los acreedores incumplidos, razón por la cual procederá a decretar la liquidación al Cúcuta Deportivo S.A".
Comunicado Dimayor
El día de hoy, conforme a la información presentada a través de diferentes medios de comunicación, hemos tenido conocimiento que el club Cúcuta Deportivo F.C. S.A. en reorganización, ha sido declarado en estado de liquidación judicial por decisión de la Superintendencia de Sociedades, dentro del proceso de reorganización que estaba siendo adelantado.
La administración de la DIMAYOR se permite informar que se encuentra evaluando el impacto de la decisión. Por esta razón, se citó a una reunión con los clubes afiliados para el día de mañana a las 2:00 p.m.
En audiencia realizada el día de hoy, dentro el proceso de reorganización en ejecución del Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A., el Juez del Concurso de la Superintendencia de Sociedades decretó la liquidación judicial de la sociedad, debido al incumplimiento y falta de subsanación de las obligaciones del acuerdo de reorganización, específicamente las obligaciones con la Alcaldía de Cúcuta y el Instituto Municipal para la Recreación y el Deporte de Cúcuta, conforme a lo establecido en los artículo 45 y 46 de la Ley 1116 de 2006.
Con el inicio del proceso de liquidación judicial, el liquidador que sea designado por la Superintendencia de Sociedades asumirá la representación legal de la deudora y deberá actualizar el inventario de activos y pasivos de la sociedad para adelantar todas las gestiones para el pago de los acreedores con cargo a los bienes existentes.