Coronavirus Colombia: ¿Es obligatorio el uso de tapabocas si voy sólo en el carro?
En la ciudad de Bogotá no es obligatorio y no se podrán poner comparendos a quienes no los usen mientras van solos en el vehículo.
Ante los comparendos que las autoridades han puesto a personas que se movilizan solas en sus vehículos y que no usan tapabocas, el Secretario de Gobierno Luis Ernesto Gómez expidió una normativa en la que se regula y aclara el uso de este implemento de bioseguridad dentro de los carros tanto particulares como de servicio público.
Segú Gómez, esta norma no es obligatoria cuando alguien va solo en un vehículo. En la circular 023 del 19 de julio del 2020 se explica el procedimiento y se permite que se revoquen los comparendos que ya fueron impuestos por esta razón.
¿Qué dice la norma?
La norma de la circular es clara en decir que, "si se traslada más de una persona en la cabina o vehículo, los ocupantes deben utilizar el tapabocas de tiempo completo y mantener una distancia de por lo menos un metro".
Así mismo, indica que, "en consecuencia, no será obligatorio el uso del tapabocas de manera permanente, cuando el vehículo esté siendo ocupado por una sola persona". Sin embargo, ante un retén de la policía o autoridad de tránsito, los conductores tendrán que portar el tapabocas y para efectos de reconocimiento facial, la autoridad podrá solicitar el retiro.
¿Qué pasa en el transporte público?
En el transporte público es diferente. En en este servicio el uso de tapabocas será obligatorio sin distinción si se encuentra o no prestando el servicio, así como en áreas de afluencia masiva de personas.
Si no se cumple con las medidas de bioseguridad, esto se toma como una falta a la seguridad y convivencia ciudadana y acarrea sanciones contempladas en el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.
Todos contra el coronavirus
Y recuerda, ¡quédate en casa!