CORONAVIRUS

Decreto 800: Desempleados podrán acceder al régimen subsidiado de salud

El Gobierno autorizó que quienes pierdan su trabajo durante la emergencia sanitaria entren al régimen subsidiado y no pierdan la afiliación a salud.

Decreto 800: Desempleados podrán acceder al régimen subsidiado de salud

La pandemia del coronavirus ha generado un fuerte impacto en las finanzas de las empresas en Colombia, varias de ellas han suspendido el contrato de sus trabajadores y otras los han acabado al no poder garantizar la continuidad sus labores.

Por eso y ante el aumento del desempleo en el país, que subió en abril al 19.8% con 5.3 colombianos sin ocupación, el Gobierno incluyó en el Decreto 800 un artículo que permite asegurar el acceso al sistema de salud a través del cambio al régimen subsidiado a las personas que perdieron sus trabajos.

¿Cómo acceder al régimen subsidiado de salud?

El régimen subsidiado es el mecanismo por el que la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud gracias a un subsidio del Estado. Para acceder a él se deben cumplir una serie de requisitos, pero que ante la situación actual y la perdida masiva de empleo en Colombia, el Gobierno decidió que las personas que estén en el régimen contributivo pueden acceder sin tener que estar regidas a las condiciones establecidas.

"Los cotizantes al régimen contributivo y sus beneficiarios, podrán acceder temporalmente al régimen subsidiado de salud mediante la contribución solidaria", dictamina el artículo 6 del decreto 800, expedido el 4 de junio de 2020.

Los colombianos que podrán hacer uso de este beneficio son aquellos que perdieron su trabajo durante la declaración de la emergencia sanitaria, que va hasta el 31 de agosto, o seis meses después de ella. Y también que "hayan aportado al Sistema General de Seguridad Social en Salud sobre un Ingreso Base de Cotización (IBC) hasta de un salario mínimo legal mensual vigente".

Aunque el Ministerio de Salud puede ampliar el tiempo de la emergencia, las personas que pasen al régimen subsidiado a través de este decreto, solo podrán permanecer en él durante un año, "contado a partir de la finalización de la relación laboral, el inicio del periodo de protección laboral o el mecanismo de protección al cesante, cuando aplique".

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