Pago de la prima por cuotas: en qué casos se puede hacer y con qué condiciones
El Goberino Nacional expidió el decreto 770, el cual busca darle facilidades a las empresas para realizar el primer pago durante la emergencia sanitaria.
La emergencia sanitaria que ha generado la pandemia del coronavirus ha creado una crisis económica en la que varias empresas se han visto afectadas luego de estar durante varios meses en aislamiento preventivo obligatorio. Por esta razón, el Gobierno Nacional ha creado facilidades para que puedan cumplir con sus obligaciones.
"La reglamentación plantea que deberá existir un acuerdo fraterno entre empleador y trabajador trasladar, máximo hasta el 20 de diciembre del año en curso, el primer pago de la prima de servicios, la cual podrán concertar hasta en tres pagos hasta dicha fecha", manifestó Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo.
Pago de la prima por cuotas
Las empresas podrán realizar el primer pago de la prima de servicios, el cual normalmente tiene que hacerse antes del 30 de junio, hasta el próximo 20 de diciembre y hacerlo en tres cuotas, conforme con el Artículo 6 del Decreto 770. Las empresas podrán hacer estas modificaciones únicamente con la autorización de los trabajadores.
"De común acuerdo con el trabajador, el empleador podrá trasladar el primer pago de la prima de servicios, máximo hasta el veinte (20) de diciembre de 2020. Los empleadores y trabajadores podrán concertar la forma de pago hasta en tres (3) pagos, los cuales en todo caso deberán efectuarse a más tardar el veinte (20) de diciembre de 2020", publicó el Gobierno Nacional.
Y recuerda, ¡quédate en casa!