Cuarentena Colombia: ¿qué actividades y sectores regresan a partir del 1 de junio?
Desde este lunes 1 de junio varias actividades podrán comenzar la reactivación con gradualidad y con protocolos de bioseguridad.
Comenzó un nuevo periodo del Aislamiento Preventivo Obligatorio en Colombia este lunes 1 de junio y terminará a las cero horas del 1 de julio. En esta etapa más actividades comerciales comenzarán la reapertura con protocolos de bioseguridad y gradualidad.
De acuerdo con el Decreto 749 del 28 de mayo del 2020, 43 actividades tendrán la excepción y quienes hagan parte de ellas podrán salir bajo las medidas de salubridad conocidas como portar el tapabocas, mantener la distancia y mantener la higiene personal, especialmente con la limpieza de manos.
¿Cuáles son las actividades que regresan?
Las actividades que se suman a las que ya estaban dentro de las excepciones son las siguientes:
- Apertura de sectores de industria, obra civil y construcción. Está en el punto 18 del Decreto y dice, "las actividades del sector de la construcción, ejecución de obras civiles y la remodelación en inmuebles, así como el suministro de materiales e insumos exclusivamente destinados a la ejecución de las mismas".
- Servicios de profesionales. Como lo dice el punto 42, "actividades profesionales, técnicas y de servicios en general".
- Servicios de limpieza incluido el doméstico y de lavandería. Así lo dice el punto 25, "el servicio de limpieza y aseo, incluido el doméstico y servicio de lavandería".
- Comercio al por mayor y al por menor. En el punto 32 dice, "comercio al por mayor y al por menor, incluido el funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias.
- Funcionamiento de centros comerciales y actividades inmobiliarias. Es el mismo punto 32.
Es fundamental resaltar que la gradualidad de la apertura dependerá de la adopción de los protocolos y las medidas, instrucciones y horarios que fijen los alcaldes y gobernadores. Además, se recomienda que todas las actividades que se puedan realizar mediante el teletrabajo sigan de esta manera.
Niños de 2 a 5 años y adultos mayores de 70 años
El Ministerio de Salud decidió que desde el 1 de junio los niños de 2 a 5 años y los mayores de 70 años podrán salir con estrictas medidas y bajo un horario que se debe cumplir de forma obligatoria.
El punto 35 del Decreto dice, "de acuerdo con las medidas, instrucciones y horarios que fijen los los alcaldes en sus respectivas jurisdicciones territoriales, y en todo caso con sujeción a los protocolos de bioseguridad que para los efectos se establezcan, se permitira:
- El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de personas que se encuentren en el rango de edad de 18 a 69 años, por un periodo máximo de dos horas diarias.
- El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños mayores de seis años, tres veces a la semana, una hora al día.
- El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los niños entre 2 y 5 años, tres veces a la semana, media hora al día.
- El desarrollo de actividades físicas y de ejercicio al aire libre de los adultos mayores de 70 años, tres veces a la semana, media hora al día".
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