COLOMBIA

Coronavirus: ¿qué impuestos se aplazan por la crisis del Covid-19?

El Gobierno Nacional y las alcaldías locales han extendido los tiempos para pagar diferentes obligaciones tributarias. Te contamos las nuevas fechas límite.

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Fila en un banco

La pandemia del coronavirus está generando una crisis económica en la mayor parte del mundo, entre esos países afectados está Colombia, que actualmente vive un aislamiento preventivo obligatorio hasta el próximo domingo 26 de abril a las 23:59 horas. El objetivo de esta medida es prevenir, controlar y evitar un crecimiento acelerado de los contagios en la población. 

Ante los problemas en la economía, tanto de personas naturales como de personas jurídicas y empresas, el Gobierno Nacional y los gobiernos locales han decidido extender los plazos de algunos impuestos durante semanas o meses para que los contribuyentes puedan cumplir con estas obligaciones.

Impuestos prediales en Bogotá, Medellín, Cali...

La alcaldesa Claudia López decidió aplazar la fecha límite de pago del impuesto predial por dos meses y para todos los estratos sociales. Hasta el 5 de junio se podrá pagar con el 10% de descuento y el 26 del mismos mes con tarifa plena.

En Medellín los contribuyentes tenían que cancelar el predial entre el 28 de abril y el 26 de mayo, fechas que fueron ampliadas hasta el 25 de junio para todos los estratos. El impuesto de industria y comercio también fue prolongado hasta el 15 de mayo. 

Los caleños tendrán 60 días más para pagar el predial, impuesto que vencía el 30 de abril pero que ahora irá hasta el 30 de junio con el 15% de descuento

En Barranquilla los estratos 1, 2 y 3 tienen plazo de pagarlo hasta el 31 de julio con el 10% de descuento y el 30 de septiembre con el 5%. 

Cambio de fechas en el calendario tributario nacional

El Gobierno Nacional modificó las fechas para declaración y pago de Impuesto sobre la renta y complementarios para grandes contribuyentes, así como el pago de la sobretasa de las entidades financieras, la declaración de activos en el exterior, el impuesto sobre las ventas (IVA) y el impuesto nacional al consumo.

Declaración y pago del Impuesto sobre la Renta y Complementarios para Grandes Contribuyentes y Personas Jurídicas

- Los grandes contribuyentes tienen un nuevo plazo para presentar la declaración y pagar la segunda cuota del impuesto sobre la renta y complementarios. Será entre el 21 de abril y el 5 de mayo, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

- Las personas jurídicas podrán presentar las declaración y pagar la primera cuota del impuesto sobre la renta y complementarios entre el 21 de abril y el 19 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.

Pago de la sobretasa de entidades financieras

- Las entidades financieras grandes contribuyentes tiene un nuevo plazo para pagar la primera cuota de la sobretasa. El nuevo calendario será entre el 21 de abril y el 5 de mayo, teniendo en cuenta el último dígito del NIT.

- Las entidades financieras personas jurídicas podrán pagar la primera cuota de la sobretasa entre el 21 de abril y el 19 de mayo, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.

Declaración de activos en el exterior

Los grandes contribuyentes presentarán la declaración anual de activos en el extranjero entre los días 9 y 24 de junio, teniendo en cuenta el último dígito del NIT. Por otro lado, la declaración anual de activos en el exterior para personas jurídicas será presentada entre el 1 de junio y el 1 de julio, teniendo en cuenta los dos últimos dígitos del NIT.

Impuesto sobre las ventas – IVA

Los expendios a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas, expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento, actividades de las agencias de viaje y actividades de operadores turísticos, tienen plazo de pagar el impuesto sobre las ventas (IVA) del bimestre marzo-abril o del cuatrimestre enero-abril hasta el hasta el 30 de junio de 2020. Estaba programado anteriormente para cancelar entre el 12 y 26 de mayo.

Impuesto Nacional al Consumo

Los expendio a la mesa de comidas preparadas, expendio de comidas preparadas en cafeterías, otros tipos de expendio de comidas preparadas y expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento tiene plazo de pagar el bimestre marzo-abril hasta el 30 de junio, casi un mes más de lo que estaba pactado anteriormente.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Y recuerda, ¡quédate en casa!