CORONAVIRUS

¿Cuál es el artículo 24 de la Constitución Política en Colombia?

El artículo 24 señala que todo colombiano tiene derecho a circular, a entrar, a salir y a permanecer en el territorio nacional. ¿Qué pasa con la llegada del Coronavirus?

Actualizado a
¿Cuál es el artículo 24 de la Constitución Política en Colombia?

La Constitución Política de Colombia consagra tres estados de excepción: Guerra exterior, conmoción interna y emergencia. El pasado 17 de marzo, el presidente de la República, Iván Duque, emitió el decreto 417 por el cual se declara un Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional. Lo cual le permite en virtud de ese estado de excepción, entre otras facultades, restringir los derechos de los ciudadanos hasta que el país vuelva a la normalidad.

¿Qué dice el artículo 24 de la Constitución?

“Todo colombiano, con las limitaciones que establezca la ley, tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, a entrar y salir de él, y a permanecer y residenciarse en Colombia”

En en este contexto, si bien el artículo 24 de la Constitución Política, indica que todo colombiano tiene derecho a circular libremente por el territorio nacional, la emergencia sanitaria y social por la que atraviesa el país a causa de la pandemia del coronavirus, del cual ya hay 108 casos identificados en Colombia, le permite al Gobierno nacional y a las autoridades locales dictar medidas como el toque de queda o el simulacro vital.

Por otra parte, el mismo artículo indica que los colombianos tienen derecho a entrar, salir y residenciarse en el país, sin embargo, en el marco de las mismas medidas el Gobierno estableció que a partir del lunes 23 de marzo se prohíbe el ingreso de pasajeros de vuelos internacionales a Colombia, medida que aplica tanto para ciudadanos como para extranjeros residentes en el territorio nacional.

¿Qué dice el decreto 417 del 17 de marzo de 2020?

El pasado martes, el presidente Duque declaró el Estado de Emergencia en Colombia con el fin de hacer frente a la crisis sanitaria causada por el COVID-19. En ese marco, el Gobierno anunció un aumento en los recursos para el sistema de salud, la reconección del servicio de acueducto a 200.00 familias que lo tenían suspendido por falta de pago, un giro adicional para los beneficiarios de los programas Familias en Acción, Jóvenes en Acción y Colombia Mayor, entre otras medidas. Este es el texto del decreto:

Artículo 1. Declárese el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, por el término de treinta (30) días calendario, contados a partir de la vigencia de este decreto”.

Artículo 2. El Gobierno nacional, ejercerá las facultades a las cuales se refiere el artículo 215 de la Constitución Política, el artículo 1 del presente decreto y las demás disposiciones que requiera para conjurar la crisis”.

Artículo 3. El Gobierno nacional adoptará mediante decretos legislativos, además de las medidas anunciadas en la parte considerativa de este decreto, todas aquellas medidas adicionales necesarias para conjurar la crisis e impedir la extensión de sus efectos, así mismo dispondrá las operaciones presupuestales necesarias para llevarlas a cabo”.

Todos, contra el Coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del Coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. Evita lugares concurridos como bares, gimnasios y centros comerciales, 3. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 4. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 5. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 6. Si no te sientes bien, quédate en casa aunque la tos y la fiebre sean leves, 7. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 8. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Y recuerda, si es posible quédate en casa.