Revelan las fechas límite para pagar el impuesto predial y vehicular: sanciones y multas si no cumple con los plazos
Aquellos que no cumplan con el pago oportuno de esta responsabilidad deberán pagar una multa del 1,5% por mes de retraso.


A través del calendario tributario de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) quedó establecido que la fecha del pago límite sin multa será hasta el 11 de julio para el impuesto predial. Mientras que para el vehicular será hasta el 25 del mismo mes.
Los ciudadanos que son propietarios de un predio y de un vehículo en Bogotá adquieren una responsabilidad financiera que deben asumir; si este pago es omitido, podrán incurrir en una multa del 1,5% por mes de retraso.
¿Cómo se puede pagar el impuesto predial?
El impuesto predial es una obligación que todo propietario o poseedor de un inmueble ubicado en Bogotá debe realizar ante las autoridades locales. El plazo máximo para pagar dicha responsabilidad es hasta el 11 de julio del 2025.
Aquellos ciudadanos que se acogieron al programa Sistema de Pago Alternativo por Cuotas Voluntarias (SPAC) para pagar el impuesto predial deberán tener presente que el pago de la primera cuota será el próximo 6 de junio.
Fechas de pagos para el impuesto predial:
- Cuota 1: 6 de junio del 2025.
- Cuota 2: 8 de agosto del 2025.
- Cuota 3: 3 de octubre del 2025.
- Cuota 4: 5 de diciembre del 2025.
Este pago se puede realizar de manera virtual por medio de la página web de la Secretaría de Hacienda www.haciendabogota.gov.co. o por PSE. Si desea realizar el pago de forma presencial, lo puede efectuar en las entidades bancarias autorizadas como Bancolombia, Davivienda, BBVA, Banco de Bogotá, Av. Villas y Banco de Occidente.
Es importante resaltar que la Secretaría Distrital de Hacienda habilitó un botón específico para descargar y efectuar el pago del impuesto predial.
¿Cómo se puede pagar el impuesto vehicular?
La fecha límite para realizar el pago del impuesto vehicular será hasta el 25 de julio. Para adquirir el recibo podrá descargarlo desde la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda https://www.haciendabogota.gov.co/, luego diligenciará toda la información solicitada y luego podrá realizar la descarga en PDF.
Se podrá realizar el pago del impuesto de manera presencial en las entidades bancarias autorizadas como Bancolombia, Davivienda, Banco de Bogotá, Banco, Av. Villas y Banco de Occidente. De la misma manera lo puede realizar de manera virtual por medio de la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
“Es importante recordar que la sanción aplicable es la vigente al momento de la presentación de las declaraciones; en todos los casos, ninguna sanción puede ser inferior a la sanción mínima aplicable, que, para el año 2025, es de 7 UVT ($349.000) para todos los vehículos automotores”, informó la entidad.
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