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Elecciones

Resultados Colombia 2022 | ¿Cómo es el proceso de conteo y escrutinio y en qué consiste?

A través del preconteo los colombianos podrán recibir información preliminar respecto a la intención de voto durante las elecciones.

Actualizado a
Conteo de votos en las elecciones presidenciales de Colombia.
Oficial / Colprensa

La Registraduría Nacional del Estado Civil seleccionó a 690.367 jurados de votación (86.932 remanentes) para garantizar el desarrollo de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales, que se llevará a cabo este domingo, 19 de junio de 2022. Durante esta fecha, 39.002.239 (20.111.908 mujeres y 18.890.331 hombres) personas están habilitadas para ejercer su derecho al voto en Colombia y en el exterior.

Los ciudadanos que presentarán el servicio a la nación como jurados de votación fueron postulados por las agrupaciones políticas, empresas del sector privado, entidades públicas, estudiantes de universidades y docente. “Este proceso contó con el acompañamiento de los entes de control del país y las misiones técnicas internacionales”, dijo la Registraduría tras críticas durante las elecciones legislativas del 13 de marzo.

Gustavo Petro y Rodolfo Hernández, los candidatos que obtuvieron mayor cantidad de votos en la primera vuelta, se disputarán la presidencia en esta segunda jornada electoral. El ganador reemplazará a Iván Duque a partir del 7 de agosto y gobernará por el periodo 2022-2026.

Sigue en directo todo sobre las votaciones en segunda vuelta

¿Cómo es el proceso de preconteo?

Luego de que se cierren las urnas, los jurados de votación asignados por la Registraduría tendrán la tarea de iniciar el conteo de los votos depositados por los colombianos durante todo el domingo. Es decir, se da inicio al escrutinio de mesa, en el cual se clasifican los votos y se suscriben los resultados de la votación en el formulario E-14. Este proceso es conocido como el preconteo y funciona para la divulgación rápida de los resultados electorales el mismo día de la elección.

El preconteo brinda información a la opinión pública sobre el avance de la jornada electoral, mas no la de declarar elecciones. Lo anterior quiere decir que este proceso tiene un valor únicamente informativo, para que los ciudadanos conozcan los resultados preliminares en el menor tiempo posible, pero, por ley, no tienen valor jurídico alguno. Asimismo, garantiza la transparencia electoral y refleja el panorama político del país.

“La Registraduría Nacional del Estado Civil, en ejercicio de su competencia constitucional, direcciona y organiza las elecciones, sin embargo, es el Consejo Nacional Electoral la autoridad electoral competente de asignar las comisiones escrutadoras y declarar las elecciones de carácter nacional y la entidad encargada de expedir las credenciales que certifican el acceso a un cargo de elección popular”, aclara la Registraduría.

¿En que se diferencia el preconteo del escrutinio?

El preconteo es el proceso que funciona para que los medios de comunicación y la Registraduría, a través de su página web, divulguen los resultados preliminares obtenidos del conteo rápido. El Código Electoral específica que los resultados oficiales del proceso electoral solo se conocen una vez concluya el proceso del escrutinio a cargo de las comisiones escrutadoras. No obstante, muestra la tendencia marcada en las elecciones.

De otro lado, el escrutinio es el proceso de conteo, verificación, clasificación y consolidación de las votaciones contenidas en las actas de escrutinio que realizan los miembros de las comisiones escrutadoras en audiencia pública, es decir, es durante el escrutinio que se determina de manera oficial cuántos votos obtuvo cada candidato. El escrutinio, a diferencia del preconteo, no debe tener por ningún motivo errores en los datos.

El escrutinio se realiza a partir del momento del cierre del proceso de votación, con base en las actas de escrutinio de mesa que van recibiendo por parte de los claveros, en el local que la respectiva Registraduría previamente señale. Este proceso se desarrollará hasta las 12:00 p.m. Cuando no sea posible terminar el escrutinio antes de la hora señalada, la audiencia de escrutinio continuará a las 9:00 a.m. del día siguiente día y se extenderá hasta las 9:00 p.m., y así sucesivamente hasta terminar.