JUDICIAL

¿Por qué la Fiscalía formula cargos a Mauricio Aguilar, exgobernador de Santander?

El ex funcionario deberá responder por un presunto interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación a favor de terceros.

Álvaro TaveraCOLPRENSA

Mientras el país atravesaba una crisis hospitalaria a causa de la pandemia del covid-19, la Gobernación de Santander y la Dirección de Gestión del Riesgo de ese departamento habrían firmado un contrato por mil millones de pesos para adquirir una plataforma tecnológica que permitiera mantener informados a los ciudadanos sobre las últimas novedades del coronavirus. Sin embargo, de acuerdo con la Fiscalía General de la Nación, este acuerdo tendría irregulares que hoy salpican a varios líderes políticos de esa región.

Según el ente investigador, este proyecto “no se habría ejecutado de acuerdo con la propuesta presentada por el contratista con el 100 % del personal ofertado”, de modo que la administración de ese momento habría pagado por un servicio que no fue prestado en su totalidad. Por esta razón, la Fiscalía llamó a juicio a Nerthink Mauricio Aguilar Hurtado, exgobernador de Santander.

¿Qué delito habría cometido Mauricio Aguilar Hurtado?

Según los primeros informes de la Fiscalía, Aguilar Hurtado estaría al tanto de estas irregularidades, pues fue quien delegó al director de la Gestión del Riesgo de la región, Cesar Augusto García Durán, “la facultad contractual para el cumplimiento de la misión y funciones propias de su cargo”. De hecho, la firma de García Durán es la que aparece en el documento junto a la del supervisor del contrato, Sergio Orlando Ferro Dávila.

Este último, de hecho, es uno de los mayores implicados por el organismo de control, pues aprobó las actas de supervisión del contrato y, al parecer, no informó del incumplimiento del contratista a las entidades correspondientes.

Tras esta investigación judicial, al exgobernador de Santander se le imputarán cargos por interés indebido en la celebración de contratos y peculado por apropiación a favor de terceros. Las conductas de los tres personajes implicados, de hecho, fueron catalogadas como falta gravísima a título de culpa gravísima.

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