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BOGOTÁ

Pico y placa Bogotá: ¿Cuál es la multa por transitar con mi vehículo durante las restricciones?

Incumplir las medidas de pico y placa podrían provocar una multa de 15 salarios mínimos diarios, es decir, 580 mil pesos, además de la inmovilización del vehículo.

Actualizado a
Pico y placa en Bogotá y Medellín hoy, viernes 21 de enero. Conozca los horarios y el funcionamiento de la restricción vehicular en las ciudades.
COLPRENSA

La Alcaldía de Bogotá y la Secretaría de Movilidad de la ciudad no anunciaron cambios para las restricciones de pico y placa que regularían la circulación de vehículos en la capital del país durante la semana del 17 al 23 de julio. Sin embargo, el próximo jueves 20 de julio se conmemoran 213 años de independencia en Colombia, por lo que para esta semana las medidas de sostenibilidad vial regirían así:

Día de la semanaAutomóviles con restricción
Lunes 17 de julioRestricción para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Martes 18 de julioRestricción  para placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5.
Miércoles 19 de julioRestricción  para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Jueves 20 de julioNo aplica por celebración del Día de la Independencia.
Viernes 21 de julioRestricción para placas terminadas en 6, 7, 8, 9 y 0.
Sábado 22 de julioNo aplican restricciones.
Domingo 23 de julioNo aplican restricciones.

¿Cómo funcionan las medidas de pico y placa en Bogotá?

Desde el pasado 10 de enero la Secretaría de Movilidad de la ciudad implementó restricciones que suponen la rotación de placas. Desde entonces las medidas operan para vehículos particulares de lunes a viernes de 6:00 de la mañana a 9:00 de la noche. Sin embargo, los sábados, domingos y festivos no hay restricción de pico y placa en Bogotá.

De acuerdo con las autoridades, circular por las zonas restringidas o en horas prohibidas podría ocasionar una sanción de hasta 580 mil pesos. “La multa por este incumplimiento es de 15 salarios mínimos diarios, de acuerdo con el Código Nacional de Tránsito. Además, el vehículo será inmovilizado y el infractor deberá asumir los costos correspondientes a los patios y grúas utilizadas”, exponen.