NACIÓN

La Corte pone freno a los militares: no podrán impedir bajas voluntarias salvo en casos extremos

El alto tribunal señaló que sólo existen dos razones para retener a un miembro activo en contra de su voluntad.

Desde la base militar de Tolemaida, Colombia, el ejército colombiano celebra que su selección pasa a octavos de final.
RAUL ARBOLEDA
Carolina Morales
Colaboradora en As Colombia
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
Actualizado a

La Corte Constitucional fijó en los últimos días un precedente en materia de derechos fundamentales de los integrantes de las Fuerzas Militares: estas instituciones no pueden negar ni postergar arbitrariamente la solicitud de retiro voluntario de sus uniformados. La decisión, que fue anunciada en la sentencia T-028 de 2025, sostiene que este derecho, aunque no es absoluto, tiene límites precisos que la entidad debe respetar en cada caso.

El pronunciamiento del alto tribunal surgió del estudio de una tutela interpuesta por una mujer, quien actuó en nombre propio y en representación de su hijo menor de edad, en contra de la Fuerza Aérea Colombiana (FAC). La denunciante cuestionó que la entidad postergó su retiro voluntario del servicio activo hasta el 1 de diciembre de 2026, sin tener en cuenta sus condiciones de salud.

La Corte pone freno a los militares: no podrán impedir bajas voluntarias salvo en casos extremos
Cambios en el servicio militar en Colombia abren paso a una modalidad más flexible con prórroga voluntaria y nuevas decisiones para los jóvenes.Camila Díaz

La Sala Quinta de Revisión concluyó que la decisión de la FAC vulneró los derechos al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de escoger profesión u oficio, al debido proceso administrativo, a la vida en condiciones dignas y a la salud, además de afectar el interés del hijo de la demandante.

Según la Corte, la postergación del retiro solo otorgaba beneficios mínimos a la institución mientras generaba un impacto desproporcionado en la vida de la demandante. Adicionalmente, el tribunal encontró que la FAC fundamentó su decisión en una norma que no era aplicable a la situación particular del implicado y que no acreditó la relación entre las necesidades del servicio y las funciones específicas que cumplía el uniformado.

¿Bajo qué circunstancias se podrán impedir las bajas en las fuerzas militares?

La Corte recordó que los empleadores de las Fuerzas Militares pueden negar o postergar el retiro voluntario de sus integrantes únicamente por dos razones: por motivos de seguridad nacional o por circunstancias especiales del servicio que justifiquen la permanencia del funcionario en la entidad.

Además, las instituciones deberán demostrar que existe una relación entre las funciones del servidor y la respuesta de la institución ante las amenazas al orden público o a las necesidades especiales del servicio. De igual manera, deberá establecer que la medida es idónea, necesaria y proporcional frente a las condiciones laborales del funcionario.

Así mismo, la Sala aseguró que el estudio de las solicitudes de retiro voluntario requiere de algo más que verificar el cumplimiento de los requisitos normativos. Exige que el empleador examine la situación concreta del funcionario, no sólo en materia de las necesidades de la entidad, sino también protegiendo los derechos del solicitante.

Noticias relacionadas

Por tanto, la Corte advirtió que las autoridades deben realizar un ejercicio de ponderación entre las razones que justificarían el rechazo del retiro voluntario y las condiciones particulares del funcionario, con el fin de determinar si la permanencia en el servicio activo es idónea y necesaria, con el fin de garantizar condiciones dignas en materia laboral para los miembros de la institución.

¡Tus opiniones importan! Comenta en los artículos y suscríbete gratis a nuestra newsletter y a las alertas informativas en la App o el canal de WhatsApp. ¿Buscas licenciar contenido? Haz clic aquí

Etiquetado en:
Comentarios
Normas

Rellene su nombre y apellidos para comentar

Te recomendamos en Actualidad