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La Corte Constitucional lo confirma: los taxistas consiguen esta inesperada victoria judicial

Esto fue lo que ordenó el alto tribunal frente al ingreso de vehículos de transporte a conjuntos residenciales en Colombia.

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COLPRENSA
Carolina Morales
Colaboradora en As Colombia
Profesional en Periodismo y Opinión Pública egresada de la Universidad del Rosario, apasionada por la redacción y la locución radial.
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Una reciente decisión de la Corte Constitucional volvió a abrir el debate sobre los límites que tienen las administraciones de conjuntos residenciales frente al ingreso de vehículos de servicio público. El alto tribunal respaldó a los taxistas en una controversia que durante años ha generado tensiones entre conductores, residentes y empresas de vigilancia.

La determinación judicial establece que los conjuntos residenciales no pueden impedir de manera arbitraria el ingreso de taxis cuando estos estén prestando un servicio autorizado a un residente o visitante. Según el análisis de la Corte, este tipo de restricciones vulnera principios fundamentales relacionados con la igualdad, la libertad de trabajo y la prestación de un servicio público legalmente reconocido en el país.

El pronunciamiento surge luego de múltiples quejas de conductores que denunciaron haber sido obligados a esperar fuera de las porterías mientras recogían o dejaban pasajeros. En muchos casos, los vigilantes argumentaban órdenes internas de las administraciones para prohibir el acceso de taxis, permitiendo únicamente el ingreso de vehículos particulares o plataformas previamente autorizadas.

Para la Corte, aunque los conjuntos residenciales tienen autonomía para implementar medidas de seguridad y control de acceso, dichas normas no pueden convertirse en barreras discriminatorias contra un gremio específico. El fallo señala que los taxistas ejercen una actividad legal protegida por la Constitución y que impedirles el ingreso sin una justificación es una limitación.

La Corte Constitucional lo confirma: los taxistas consiguen esta inesperada victoria judicial
Taxistas en Colombia podrán ingresar a conjuntos residenciales.Colprensa

Taxistas podrán ingresar a conjuntos residenciales

La decisión fue celebrada por representantes del gremio, quienes desde hace años venían denunciando un trato desigual frente a otros tipos de transporte. Algunos líderes sindicales aseguraron que, en la práctica, muchos conjuntos permitían el ingreso de vehículos particulares o de plataformas digitales, mientras mantenían restricciones para los taxis tradicionales.

Conductores consultados tras conocerse el fallo indicaron que las medidas de ciertas administraciones afectaban directamente su trabajo diario. Además de generar retrasos, las prohibiciones ocasionaban cancelaciones de carreras y conflictos con usuarios que debían desplazarse hasta las porterías para abordar el vehículo.

El debate también involucra aspectos de seguridad. Varias administraciones de propiedad horizontal han defendido sus protocolos argumentando que buscan proteger a los residentes y controlar el acceso de personas externas. Sin embargo, expertos en derecho señalan que las medidas de seguridad deben aplicarse de forma general y no pueden dirigirse contra un sector económico.

La Ley de Propiedad Horizontal en Colombia permite que las copropiedades establezcan manuales de convivencia y protocolos internos, pero estos deben respetar los derechos fundamentales y las normas constitucionales. Por ello, cualquier reglamento que discrimine injustificadamente a un grupo de trabajadores podría ser objeto de revisión judicial.

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El fallo también podría tener repercusiones en otras discusiones relacionadas con el acceso a conjuntos residenciales. En los últimos años se han presentado controversias similares con domiciliarios, mensajeros y conductores de plataformas digitales, por lo que esta decisión marca un precedente sobre el equilibrio entre la seguridad privada y el derecho al trabajo.

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