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ECONOMÍA

Impuesto al patrimonio 2024 | Revelan quién deberá declarar y pagar el próximo año

Las personas que evadan el pago del gravamen están incurriendo en un delito y deberán asumir una sanción del 5% del valor total del impuesto.

Actualizado a
Agosto 12 de 2014. Bogotá, Colombia. Los puntos de atención de la Dian para cumplir con el requisito de pago por impuesto de la renta.  (Colprensa - Mauricio Alvarado)
ColprensaMauricio Alvarado

En Colombia, el impuesto al patrimonio es una obligación financiera aplicada por las autoridades fiscales a las propiedades o posesiones que le pertenecen a persona natural o jurídica. Para el próximo año, de hecho, esta responsabilidad tributaria deberá ser asumida por quienes posean un patrimonio líquido superior a 72 mil Unidades de Valor Tributario que, a partir del primero de enero de 2024 tendrá un valor de 47.065 pesos.

El ajuste, que fue revelado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN), tuvo un aumento de $4,653 en comparación con el precio fijado para este año. Por lo tanto, quienes posean patrimonios líquidos declarables al Gobierno Nacional iguales o superiores a $3.388.680.000 deberán pagar el impuesto al patrimonio siempre y cuando no declaren renta.

¿Cómo se calcula el impuesto al patrimonio?

De acuerdo con la DIAN, esta responsabilidad tributaria se calcula conforme el valor total de los activos, de modo que las deudas y demás extensiones permitidas por la legislación son descontadas del impuesto. Actualmente, este en un gravamen progresivo y temporal que, de hecho, puede ser pagado a través de dos cuotas por año, dependiendo de las tarifas de los activos reportados, así:

Unidades de Valor TributarioTarifa
72.000 UVT 0.5%
Entre 122.000 y 239.000 UVT 1%
Más de 239.000 UVT 1.5%

Tenga en cuenta, además, que según lo establecido por el Estatuto Tributario, las personas que evadan la declaración del impuesto al patrimonio incurren en un delito contra la administración pública. Además, por cada sanción del mes o fracción del mes que el contribuyente se haya atrasado, deberá asumir una multa que corresponde al 5 % del total del impuesto.

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