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ECONOMÍA

Elecciones Regionales 2023: ¿de cuánto será el salario que ganarán Galán y ‘Fico’ como alcaldes?

Conozca cuánto ganarán mensualmente los nuevos mandatarios de Bogotá y Medellín, luego de ganaran las elecciones es sus respectivos territorios.

Actualizado a
Campaña Carlos Fernando Galán
COLPRENSA

Finalizadas las elecciones regionales del pasado domingo 29 de octubre, una de las preguntas que más sobresale en la ciudadanía es por cuenta del salario que van a ganar las personas que llegaron a los cargos para la alcaldía de Bogotá y Medellín.

Por un lado, Carlos Fernando Galán, representante del Nuevo Liberalismo, con el 49% de los votos se convirtió en el nuevo alcalde Bogotá, luego de ganarle el pulso a Juan Daniel Oviedo y a Gustavo Bolívar, quienes obtuvieron el 20.11% y 18,71% de los votos, respectivamente.

Por otro lado está Federico Gutiérrez, quien con su partido Creemos se convirtió en el nuevo alcalde electo de Medellín, luego de derrotar en las urnas a Juan Carlos Upegui, de los independientes. De esta manera, tanto Galán como Gutiérrez, serán los encargados de comandar a las dos principales ciudades del país desde el próximo 1 de enero de 2024 hasta el 1 de enero del 2027.

¿De cuánto es el salario de Galán y ‘Fico’ como alcaldes?

Tras definirse los nuevos alcaldes para los periodos de 2024-2027, la cifra de cuánto gana un mandatario local varía de acuerdo con la categoría en la que se ubique el distrito, además de estar constituida por la asignación básica mensual y los gastos de representación.

Con base en lo anterior, el Decreto 896 del 2023, por “el cual se fijan los límites máximos salariales de los gobernadores, alcaldes y empleados públicos de las entidades territoriales, y se dictan disposiciones en materia prestacional”, determina que el monto, en el caso del rango especial, del cual hacen parte tanto Bogotá y Medellín, no puede exceder los $21´497.207.

Cabe mencionar que, el acto administrativo contempla que “el valor y las condiciones para el otorgamiento de los viáticos en las comisiones de servicios de los gobernadores y alcaldes corresponderán a lo establecido por el Gobierno Nacional para los empleados públicos de la rama ejecutiva del orden nacional”.

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