¿Cuándo comienzan las inscripciones de los candidatos para las elecciones regionales y cuáles son los requisitos?
El próximo 29 de octubre de este año se llevará a cabo una nueva jornada electoral en todo el territorio nacional.


El pasado jueves 29 de junio, iniciaron las inscripciones de candidatos para la elecciones regionales de 2023 ante la Registraduría Nacional. Este proceso estipulado dentro del calendario electoral, tendrá una duración de un mes, lo cual significa que hasta el próximo 29 de julio se conocerán los aspirantes oficiales.
Los candidatos a las alcaldías, gobernaciones, asambleas departamentales, consejos y Juntas Administradoras Locales (JAL) tendrán que inscribirse o ser inscritos para participar en la jornada electoral que se llevará a cabo en todo el territorio nacional el próximo 29 de octubre. Según Alexander Vega, registrador Nacional, hay 130.00 candidatos proyectados.
“Están dadas todas las garantías desde la Registraduría Nacional para este certamen democrático. Se calcula que habrá 130.000 aspirantes a gobernaciones, asambleas, alcaldías, consejos y Juntas Administradoras. Las inscripciones se podrán efectuar de forma presencial o a través de la plataforma digital dispuesta por la Registraduría Nacional”, precisó Vega en medio de una rueda de prensa.
#EnImágenes | Apertura de inscripción de candidatos, avance de inscripción de ciudadanos y cierre de registro de grupos significativos de ciudadanos para las #EleccionesTerritoriales2023 reportó en rueda de prensa el registrador nacional, Alexander Vega Rocha.
— Registraduría Nacional del Estado Civil (@Registraduria) June 30, 2023
🎥Detalles aquí⬇️ pic.twitter.com/2mvX1lKTpv
Requisitos para poder inscribirse a las elecciones regionales
Según la Registraduría Nacional del Estado Civil, la inscripción de candidatos es el acto voluntario mediante el cual se postula a un candidato a cargos de corporaciones de elección popular, con el aval de un partido político con personería jurídica reconocida por el Consejo Nacional Electoral. Conozca cuáles son los requisitos.
- Presentar el documento de identificación: Cédula de ciudadanía. Si el candidato o candidatos no aportaren la cédula de ciudadanía por encontrarse en trámite, podrán anexar fotocopia de la contraseña.
- Los candidatos a Gobernador y Alcalde deben presentar el programa de gobierno de conformidad con los señalado en el artículo 259 de la Constitución Política de Colombia y articulo1 de la ley 131 de 1994.
- Cumplir los requisitos establecidos por la Constitución y la ley para ejercer el cargo al cual se aspira:
- Para ser Presidente o Vicepresidente de la República: Ser colombiano por nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años (artículos 191 y 204, Constitución Política de Colombia).
- Para ser Senador de la República: Ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años de edad en la fecha de la elección (artículo 172, Constitución Política de Colombia).
- Para ser Representante a la Cámara: Ser ciudadano en ejercicio y tener más de veinticinco años de edad en la fecha de la elección (artículo 177, Constitución Política de Colombia).
- Para ser Diputado: Ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección. (artículo 299 de la Constitución Política, Modificado por el artículo 3 del Acto Legislativo 01 de 2007).
- Para ser Alcalde Mayor de Bogotá: Ser colombiano de nacimiento, ciudadano en ejercicio y mayor de treinta años de edad en la fecha de la elección y haber residido en el Distrito durante los tres (3) años anteriores a la fecha de la inscripción. (artículo 36 del Decreto 1421 de 1993).
- Para ser alcalde municipal: (artículo 86 de la Ley 136 de 1994)