Así puedes obtener 78 semanas extra de pensión para la jubilación en Colombia
Esta medida cobija a un grupo específico de personas de cara al cumplimiento de los requisitos para la jubilación. Conozca si es beneficiario.


En Colombia, el sistema pensional exige que los hombres tengan 62 años y 1.300 semanas cotizadas, y las mujeres, 57 años y 1.300 semanas. Sin embargo, hay personas que llegan a la edad de jubilación sin alcanzar ese número exacto de cotizaciones. Para ellos, existe un beneficio que podría servir de cara a su pensión.
La posibilidad de sumar entre 52 y 78 semanas adicionales se puede dar gracias al tiempo prestado en el servicio militar. El reconocimiento de este periodo está respaldado por la Ley 48 de 1993 (artículo 40) y la Ley 1861 de 2017 (artículo 45), las cuales establecen que el tiempo de servicio militar debe contarse “para efectos de pensión de vejez e invalidez”.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
De acuerdo con las normas vigentes, toda persona que haya prestado servicio militar obligatorio o voluntario puede acceder al reconocimiento de semanas, siempre que pueda acreditar debidamente ese tiempo. En general, el cálculo depende de la duración del servicio:
- Servicio de 12 meses: se reconocen alrededor de 52 semanas.
- Servicio de 18 meses: se reconocen hasta 78 semanas.

Este tiempo se suma al historial de cotización del afiliado y puede ser decisivo para cumplir con los requisitos mínimos exigidos para pensionarse. Es importante aclarar que este beneficio no reemplaza las cotizaciones laborales ni reduce los años que realmente se trabajaron.
Requisitos y documentos necesarios
Para acceder al beneficio, los interesados deben presentar la documentación ante su fondo de pensiones. Entre los principales requisitos se encuentran:
- Certificación del servicio militar, con fechas y lugar donde se prestó.
- Documento de identidad.
- Constancia o libreta militar, que respalde el tiempo de servicio.
- Formulario de solicitud del fondo de pensiones correspondiente.
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Este trámite se realiza al momento de solicitar la pensión de vejez o invalidez, y el fondo se encargará de verificar la autenticidad de los documentos antes de reconocer el tiempo adicional.
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