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JUDICIAL

Retiran acusación por violación en contra de Sebastián Villa

Las dos partes llegaron a un acuerdo de reparación integral en el proceso penal que tiene el colombiano en Argentina.

Actualizado a
Retiran acusación por violación en contra de Sebastián Villa
Instagram: @sebastian14villa

Nuevo giro en el caso penal de Sebastián Villa en Argentina. La acusación por violación en contra el del extremo colombiano, que desde hace algunos meses se encuentra en el PFC Beroe Stara Zagora de la Primera Liga de Bulgaria, fue retirada por Tamara Doldán tras llegar a un acuerdo económico con el jugador.

A pesar de la decisión de Villa y Doldán, la justicia argentina decidirá si el caso se puede cerrar o, por el contrario, seguirá aunque las dos partes no estén de acuerdo con esto. El abogado de la víctima mencionó que la intención es evitar que el proceso llegue a un juicio oral por lo que se aceptaría una reparación integral -económica- por el daño.

Además, en caso de que el proceso continúe su rumbo, Doldán no declararía ya que se encuentra viviendo en el exterior y buscaría dejar atrás la situación vivida. Martín Apolo y Roberto Castillo, abogados de las dos partes, estuvieron presentes en la conciliación y fueron avisados de que deberán esperar la decisión final de la Cámara. Cabe destacar que de haber sido declarado culpable, el colombiano habría tenido que pagar una pena en prisión.

Villa, culpable de violencia de género

A pesar del giro que tuvo el caso con Tamara Doldán, el colombiano ya fue imputado como culpable de violencia de género tras agredir a Daniela Cortés, su expareja. Aunque Villa no fue condenado a prisión por este delito, la justicia argentina estableció acciones que tuvo que cumplir para evitar la cárcel.

“Condenar a Sebastián Villa Cano de nacionalidad colombiana a la pena de 2 años y 1 mes de prisión de ejecución condicional, por haber resultado autor penalmente responsable de los delitos de amenazas coactivas en concurso real con lesiones leves calificadas por el vínculo en contexto de violencia de género, previstos y reprimidos por los Artículos 45, 55, 89, 92 en función del 80, incisos 1 y 11. Hechos acaecidos en perjuicio de Daniela Cortés Meneses”, fue la sentencia de la jueza Claudia Dávalos.

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