Se aprobó la despenalización del aborto: cómo será la ley y puntos más importantes
Con la reciente decisión de la Corte Constitucional sobre despenalizar el aborto, hay preguntas sobre cómo funcionará y qué va a pasar ahora.
Este 21 de febrero después de meses de aplazamientos de la discusión sobre la despenalización de la interrupción voluntaria del embarazo, la Corte Constitucional falló a favor del aborto y lo despenalizó hasta la semana 24 de gestación de la mujer. El magistrado Julio Andres Ossa de la Universidad del Rosario, fue el encargado de inclinar la balanza, pues fueron 5 votos a favor y 4 en contra.
La decisión de la Corte establece que "la conducta de abortar allí prevista sólo será punible cuando se realice después de la vigésimo cuarta (24) semana de gestación", es decir antes de los 5 meses, el aborto será legal y las mujeres tendrán derecho a decidir practicarselo y ninguna entidad de salud podrá negarle el acceso al procedimiento. Además, se deberá garantizar que el aborto sea seguro y no afecte la dignidad de la mujer.
De acuerdo con la Corte Constitucional esta decisión toma como posición la dignidad de las mujeres, quienes podrán decidir abortar sin condición distinta al tiempo de gestación. Sin embargo, la Corte dejó claro que incluso después de las 24 semanas las mujeres podrán abortar pero solo sí cumplen y se acogen a las tres causales establecidas en la Sentencia C-355 del 2006, en la que se declara que las mujeres puede abortar si está en riesgo su integridad física o mental, certificada por un médico; que el feto tenga alguna malformación que en un futuro le impedirá tener una vida digna, pero también debe ser certificado por un especialista; o que la mujer haya quedado embarazada como consecuencia de un acto sexual violento o sin consentimiento.
Prioridad a la prevención del embarazo
Aunque el aborto fue despenalizado, los principal sigue siendo garantizar la prevención del embarazo y que el aborto sea una última medida, según declaró la concejala de Bogota, Heidy Sánchez.
Asimismo, la Corte especificó que se debe instar en la política pública del Congreso a “la divulgación clara de las opciones disponibles para la mujer gestante durante y después del embarazo, la eliminación de cualquier obstáculo para el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos que se reconocen en esta sentencia, la existencia de instrumentos de prevención del embarazo y planificación, el desarrollo de programas de educación en materia de educación sexual y reproductiva para todas las personas, medidas de acompañamiento a las madres gestantes que incluyan opciones de adopción, entre otras y medidas que garanticen los derechos de los nacidos en circunstancias de gestantes que desearon abortar”.