COVID-19

Gobierno baja porcentaje del anticipo del impuesto a la renta

El Decreto 766 autoriza la disminución del anticipo del impuesto sobre la renta para los sectores económicos más afectados por la pandemia.

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Gobierno baja porcentaje del anticipo del impuesto a la renta

El Gobierno Nacional anunció una nueva medida que favorecerá a algunos sectores económicos con el fin de mitigar el impacto de la crisis ocasionado por el coronavirus y la cuarentena decretada por el Presidente de la República, Iván Duque, la cual se extenderá hasta el 1 de julio. Se trata de una reducción al porcentaje de anticipo de renta para los sectores de la economía más afectados por la pandemia.

Así lo confirmó Iván Duque durante el Facebook Live de la Presidencia de este domingo 31 de mayo: "Esta es una noticia muy importante para los colombianos. Expedimos un Decreto con el Ministerio de Hacienda para que los anticipos del impuesto de renta del año 2021 bajen. Será para algunos sectores que se han visto seriamente afectados por esta pandemia. Le aportamos más de 1.2 billones de pesos de más liquidez al sector empresarial colombiano en esta coyuntura".

¿De cuánto es la reducción en el anticipo de renta?

Bajo la normativa regular, el anticipo de renta para las personas que vayan a declarar por primera vez es del 25%; del 50% para los que lo hacen por segunda oportunidad, y del 75% para los que la realizan por tercera vez en adelante.

"El Decreto 766 reduce el anticipo de renta al 0% y al 25% a los sectores de la economía más afectados por la pandemia, más caja por 1.2 billones (de pesos). Estamos comprometidos con los empleos de los colombianos", comentó José Andrés Romero, director general de la DIAN, a través de su cuenta oficial de Twitter.

El documento señala: "Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios calcularán el anticipo del año gravable 2020, con base en las divisiones o grupos de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas las actividades económicas (CIIU) 4.0. adoptada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN)".

Grupo de 32 actividades del 25%

-Extracción de petróleo crudo y gas natural.
-Extracción de otras minas y canteras.
-Actividades de servicios de apoyo para la explotación de minas.
-Elaboración de productos de tabaco.
-Fabricación de productos textiles.
-Confección de prendas de vestir.
-Curtido y recurtido de cueros; fabricación de calzado; fabricación de artículos de viaje, maletas, bolsos de mano y artículos similares; adobo y teñido de pieles.
-Transformación de la madera y fabricación de productos de madera y de corcho, excepto muebles.
-Coquización, fabricación de productos de la refinación de petróleo y actividad de mezcla de combustibles.
-Fabricación de otros productos minerales no metálicos.
-Fabricación de productos metalúrgicos básicos.
-Fabricación de productos elaborados de metal, excepto maquinaria y equipo.
-Fabricación de productos informáticos, electrónicos y ópticos.
-Fabricación de vehículos automotores, remolques y semirremolques.
-Fabricación de otros tipos de equipo de transporte.
-Fabricación de muebles, colchones y somieres.
-Instalación, mantenimiento y reparación especializado de maquinaria y equipo.
-Construcción de edificios.
-Obras de ingeniería civil.
-Actividades especializadas para la construcción de edificios y obras de ingeniería civil.
-Comercio, mantenimiento y reparación de vehículos automotores y motocicletas, sus partes, piezas y accesorios.
-Actividades cinematográficas, de vídeo y producción de programas de televisión, grabación de sonido y edición de música.
-Fabricación de motores, generadores y transformadores eléctricos y de aparatos de distribución y control de la energía eléctrica.
-Fabricación de hilos y cables aislados y sus dispositivos.
-Fabricación de aparatos de uso doméstico.
-Fabricación de joyas, bisutería y artículos conexos.
-Fabricación de juegos, juguetes y rompecabezas.
-Comercio al por menor de otros enseres domésticos en establecimientos especializados.
-Actividades de fotografía.
-Alquiler y arrendamiento de efectos personales y enseres domésticos.
-Organización de convenciones y eventos comerciales.
-Mantenimiento y reparación de efectos personales y enseres domésticos.

Grupo de 8 actividades del 0%

-Transporte aéreo de pasajeros.
-Alojamiento.
-Actividades de servicios de comidas y bebidas.
-Actividades de las agencias de viajes, operadores turísticos, servicios de reserva y actividades relacionadas.
-Actividades creativas, artísticas y de entretenimiento.
-Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales.
-Actividades de juegos de azar y apuestas.
-Actividades deportivas y actividades recreativas y de esparcimiento.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (COVID-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el COVID-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!