Coronavirus en Colombia: ¿qué negocios pueden abrir en la cuarentena?
Durante el aislamiento por la cuarentena a causa del coronavirus varios establecimientos comerciales podrán abrir para vender sus productos.
En la última semana de aislamiento obligatorio decretada por Gobierno Nacional, para prevenir la expansión del coronavirus en el país, las medidas de restricción se mantienen con normalidad y hasta el 11 de mayo los establecimientos comerciales que pueden abrir sus puertas al público son aquellos que ofrecen productos o servicios de primera necesidad, como alimentación, salud y aseo.
Esta limitación se da, porque una de las condiciones para que los ciudadanos salgan de sus casas es para la adquisición de uno de estos elementos, aunque lo debe hacer una persona por familia y en algunas ciudades hay restricciones de género, como en Bogotá, donde los días pares salen las mujeres y los impares los hombres.
¿Qué negocios pueden estar abiertos durante la cuarentena?
En el decreto presentado por el Gobierno para la cuarentena, que inició el 24 de marzo e irá hasta el 11 de mayo, se aclara que los establecimientos comerciales como tiendas, minimercados, droguerías, cigarrerías pueden funcionar con normalidad, siempre y cuando vendan alimentos, medicinas y productos de aseo.
Además, las negocios en los los centros comerciales que presten estos mismos servicios también estarán disponibles, al igual que los bancos. En el caso de las veterinarias, podrán funcionar para atender emergencias.
¿Qué sucede con los restaurantes?
Para los restaurantes la restricción es que no pueden abrir sus puertas al público para el consumo dentro del establecimiento, sino que el servicio debe ser a domicilio. Por lo que hay unas series de recomendaciones como llevar un registro de entregas con dirección y teléfono, deben dotar de mascarilla quirúrgica (tapabocas) y guantes desechables a sus trabajadores, entre otras.
Así mismo, los compradores deben tener algunos cuidados como evitar recibir personas que tengan síntomas de gripa, usar tapabocas y guantes para recibir los domicilios, pagar el valor justo en caso de pagar con efectivo o preferiblemente con tarjeta de crédito o débito, etcétera.