COVID-19

Cuarentena en Bogotá: ¿en qué casos me puede requisar la Policía?

Las requisas están permitidas durante la cuarentena en la capital del país. La administración velará porque se respeten los derechos de los ciudadanos.

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Cuarentena en Bogotá: ¿en qué casos me puede requisar la Policía?

A través del decreto 106 del 8 de abril, la Alcaldía de Bogotá dictó una medida adicional para controlar la circulación de personas que deban salir a abastecerse o a realizar trámites bancarios durante la cuarentena obligatoria decretada en el país hasta el 26 de abril a las 11:59 p.m. El Pico y Género prohíbe la circulación de hombres los días pares (0,2,4,6 y 8) y la circulación de mujeres los días impares (1,3,5,7 y 9) en la capital

¿Las requisas están permitidas?

En el marco de la cuarentena y de la restricción del Pico y Género sí están permitidas las requisas. Como lo establece el Código de Policía los uniformados pueden tener contacto físico con los ciudadanos para registrarlos (incluidos sus vehículos o medio de transporte) como medida de prevención y control, sin embargo, están prohibidas las inspecciones intimas y exigirle a la persona despojarse de sus prendas de vestir.

"No aceptaremos que se vulneren los derechos de nuestra gente. Con respeto y buen trato, juntos salimos de esto la Cuarentena por la Vida sigue", indicó la Alcaldía. Si llegara a requerirse una requisa, la Policía debe designar a un funcionario del mismo género con el que se identifique la persona. A las personas trans se les preguntará si prefieren ser requisadas por un funcionario femenino o masculino.

Así mismo, las autoridades no podrán exigir el documento de identificación como prueba de identidad de género, ya que ésta no necesariamente corresponde al nombre o sexo que aparece en el documento.

Excepciones y sanciones en Bogotá

La restricción por género, así como la restricción a la circulación de personas y vehículos, no aplica si el ciudadano o ciudadana tienen que ir a trabajar de acuerdo a las excepciones decretadas a nivel nacional, deben ir al médico o al veterinario, asisten a menores de edad o a mayores de 70 años

Quienes incumplan la restricción del aislamiento obligatorio, sin estar incluido dentro de las excepciones mencionadas en los decretos 457 de 2020 y 106 de 2020, se expone a sanciones que van desde amonestación, cierres de establecimientos, contravenciones de policía, multas económicas y hasta privación de la libertad.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (Covid-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el Covid-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!