COVID-19

Cuarentena en Bogotá: ¿en qué casos me puede requisar la Policía?

Las requisas están permitidas durante la cuarentena en la capital del país. La administración velará porque se respeten los derechos de los ciudadanos.

Cuarentena en Bogotá: ¿en qué casos me puede requisar la Policía?

A través del decreto 106 del 8 de abril, la Alcaldía de Bogotá dictó una medida adicional para controlar la circulación de personas que deban salir a abastecerse o a realizar trámites bancarios durante la cuarentena obligatoria decretada en el país hasta el 26 de abril a las 11:59 p.m. El Pico y Género prohíbe la circulación de hombres los días pares (0,2,4,6 y 8) y la circulación de mujeres los días impares (1,3,5,7 y 9) en la capital

¿Las requisas están permitidas?

En el marco de la cuarentena y de la restricción del Pico y Género sí están permitidas las requisas. Como lo establece el Código de Policía los uniformados pueden tener contacto físico con los ciudadanos para registrarlos (incluidos sus vehículos o medio de transporte) como medida de prevención y control, sin embargo, están prohibidas las inspecciones intimas y exigirle a la persona despojarse de sus prendas de vestir.

"No aceptaremos que se vulneren los derechos de nuestra gente. Con respeto y buen trato, juntos salimos de esto la Cuarentena por la Vida sigue", indicó la Alcaldía. Si llegara a requerirse una requisa, la Policía debe designar a un funcionario del mismo género con el que se identifique la persona. A las personas trans se les preguntará si prefieren ser requisadas por un funcionario femenino o masculino.

Así mismo, las autoridades no podrán exigir el documento de identificación como prueba de identidad de género, ya que ésta no necesariamente corresponde al nombre o sexo que aparece en el documento.

Excepciones y sanciones en Bogotá

La restricción por género, así como la restricción a la circulación de personas y vehículos, no aplica si el ciudadano o ciudadana tienen que ir a trabajar de acuerdo a las excepciones decretadas a nivel nacional, deben ir al médico o al veterinario, asisten a menores de edad o a mayores de 70 años

Quienes incumplan la restricción del aislamiento obligatorio, sin estar incluido dentro de las excepciones mencionadas en los decretos 457 de 2020 y 106 de 2020, se expone a sanciones que van desde amonestación, cierres de establecimientos, contravenciones de policía, multas económicas y hasta privación de la libertad.

Todos contra el coronavirus

Siguiendo estas recomendaciones prevenimos la propagación del coronavirus (Covid-19) en nuestro país: 1. Lávate las manos con frecuencia, 2. No saludes a la gente con besos o apretones de mano, 3. Si toses, cúbrete la boca con el codo flexionado o con un pañuelo desechable, 4. Evita tocarte los ojos, la nariz y la boca, 5. Si tienes fiebre o dificultad para respirar, busca atención médica, pero llama primero a la línea 123, 6. Sigue las indicaciones de las autoridades locales y nacionales.

Así mismo, el Ministerio de Salud desarrolló una aplicación para el celular que permite seguir lo que sucede con el Covid-19 en el país. CoronaApp está disponible de manera gratuita para descargar en dispositivos Android y iOS.

Y recuerda, ¡quédate en casa!