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Suicidio medicamente asistido: en qué casos es legal y diferencia de la eutanasia

Los colombianos que cumplan con los requisitos establecidos por la Corte y que deseen poner fin a su vida, lo podrán hacer amparados por la ley.

Suicidio medicamente asistido
Colprensa

La Sala Plena del Tribunal de la Corte Constitucional le dio luz verde el pasado miércoles, 11 de mayo de 2022, al suicidio medicamente asistido, una práctica que permitirá a los colombianos que cumplan los requisitos decidir sobre su muerte de manera libre y amparados por la ley. Esta decisión se tomó luego de que la firma de abogados DescLAB presentara una demanda en la que pedía eliminar castigos a quienes deciden prestar ayuda a una persona que solicita morir.

“Queremos que la Sala Plena de la Corte Constitucional decida que, cuando un profesional de la medicina presta una ayuda para que otra persona ponga fin a su vida bajo ciertas condiciones, no recibirá un castigo penal”, era la exigencia de DescLAB. Con este caso, la firma de abogados logró que Colombia sea el primer país de Latinoamérica en permitir la eutanasia y el suicidio médicamente asistido sin consecuencias legales para quienes ayuden en estos procesos.

“La Corte Constitucional falló a favor la demanda de inconstitucionalidad que interpusimos en contra del artículo 107 del Código Penal. Esto significa que el suicidio medicamente asistido puede practicarse de manera legal como parte del derecho a una muerte digna con los mismos requisitos de la eutanasia”, celebró DescLAB luego de conocer la decisión de la Sala Plena. Cabe mencionar que el debate obtuvo una votación de 6 magistrados a favor y 3 en contra.

¿En qué casos es legal el suicidio medicamente asistido?

El suicidio medicamente asistido aplicará de manera legal en Colombia cuando una persona haya manifestado su consentimiento libre, informado e inequívoco a morir; y cuando la persona tenga una lesión corporal o una enfermedad grave e incurable debidamente diagnosticada por un profesional de la salud. Sin embargo, el solicitante debe estar sometido a dolores físicos y psíquicos “incompatibles con su idea de dignidad”.

DescLAB también indicó que la asistencia para causar la muerte debe ser liderada únicamente “por un profesional de la medicina”. “El reto será crear una regulación que elimine las barreras de acceso para este nuevo mecanismo y que quien lo decida así pueda ejercer su derecho a una muerte médicamente asistida, ya sea a través de la eutanasia o el suicidio médicamente asistido”, aseveró Camila Jaramillo, integrante de la firma de abogados.

Actualmente, son muy pocos los países en el mundo en los que está regulada la eutanasia y el suicidio medicamente asistido. En la corta lista están: Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, algunos estados de Australia y España. Con la nueva determinación de la Corte, se cae el artículo 107 del Código Penal el cual planteaba una pena de 32 a 108 meses de prisión para quienes ayuden a una persona a suicidarse.

Diferencia entre la eutanasia y el suicidio medicamente asistido

Es muy fácil creer que la eutanasia y el suicidio asistido son lo mismo, no obstante, claramente no lo son. En la primera un profesional de la medicina presta una ayuda efectiva para poner fin a la vida de una persona. La eutanasia, junto con los cuidados paliativos y la adecuación del esfuerzo terapéutico, integran las tres opciones que, hasta antes de la decisión de la Corte, tenían los ciudadanos para ejercer su derecho a morir dignamente en el país.

La eutanasia no se puede realizar en cualquier centro médico, ni en cualquier momento, ni en cualquier lugar. El procedimiento debe ser solicitado a la EPS o IPS donde atienden al paciente, allí debe constituirse un Comité que evalúa y da respuesta en máximo diez días calendario. “Si la respuesta es positiva, se llevan a cabo los trámites y arreglos para practicar el procedimiento de acuerdo con la voluntad de la persona”, explica DescLAB.

En el suicidio asistido la persona causa su propia muerte por medio de dosis letales de un medicamento que le provee o formula alguien más. Es decir, en la eutanasia es directamente el médico quien causa la muerte de la persona, mientras que en el suicidio médicamente asistido el profesional presta una ayuda para que la persona sea quien cause su muerte. En cualquiera de los dos casos es fundamental y obligatorio la ayuda de un experto en este ámbito.