ECONOMÍA

Semana Santa en Colombia: quiénes no tienen feriado y cuánto cobrarán por trabajar en festivo

Las empresas no pueden descontar del salario de sus trabajadores los días no laborados durante los festivos: estos días deben ser liquidados como un descanso dominical.

Colprensa

Este año, las celebraciones religiosas de Semana Santa iniciaron desde el pasado domingo 24, tras la conmemoración del Domingo de Ramos y se extenderán hasta el próximo 30 de marzo con las festividades litúrgicas de la Pascua de Resurrección. Pese a que la Ley 51 de 1983 establece que Jueves y Viernes Santos son días festivos, algunos gremios productivos están obligados a continuar con sus operaciones durante los feriados.

Médicos, enfermeros, miembros de la fuerza pública, constructores, periodistas, vigilantes, trabajadores de call center y bomberos, son algunos de los sectores que no están facultados para detener sus labores operativas. Por lo tanto, el Código Sustantivo del Trabajo establece una serie de condiciones y garantías para proteger los derechos laborales de los empleados y garantizar su integridad.

¿Qué pasa si trabajo durante los días festivos de Semana Santa?

De acuerdo con la normativa colombiana, “el trabajo en domingo y festivos se remunerará con un recargo del setenta y cinco por ciento (75%) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas”, por lo que los empleados que deben cumplir funciones durante los festivos de Semana Santa deberán recibir una remuneración del 75% adicional a lo que cuesta un día de trabajo.

En ese sentido, para calcular cuánto dinero debe recibir por trabajar durante un día festivo de Semana Santa, usted tiene que multiplicar el costo de la hora trabajada por 0.75 y sumarla al tiempo laborado. Los empleados que devengan un salario mínimo, que para este año equivale a $1.300.000, deberán multiplicar $5.416 (que es el precio de una hora de trabajo), por 0.75, y sumarla al tiempo laborado durante el festivo.

En ese caso, los trabajadores que devengan un salario mínimo deberán cobrar $4.062 adicionales a cada hora laborada. Por lo tanto, si el periodo de tiempo trabajado durante un día festivo corresponde a ocho horas, el empleado está facultado para cobrar $75.833 por cumplir funciones durante un día feriado.

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