Se acaba la “fiesta” laboral: el Gobierno cierra el debate sobre el empleo en Colombia
Esto es lo que debe saber sobre las disposiciones del Ministerio de Trabajo sobre la hora laboran en el país.


En medio de la transformación que atraviesa el sistema laboral colombiano, el Ministerio del Trabajo puso fin a uno de los debates más recurrentes entre empleados y empleadores: qué tiempos deben considerarse dentro de la jornada laboral y cuáles no. La aclaración se produce en un contexto de cambios normativos impulsados por la reciente reforma laboral, que ha generado incertidumbre en distintos sectores del país.
Desde la entrada en vigor de la Ley 2466 de 2025, el mercado laboral colombiano inició un proceso de transición progresiva que se extenderá hasta 2027. Esta reforma busca ajustar las condiciones laborales de manera gradual, incluyendo la reducción de la jornada semanal y la modificación de recargos y beneficios.
Uno de los puntos clave de este articulado es la definición precisa de la jornada laboral. Según explicó el Ministerio, este concepto corresponde exclusivamente al tiempo en el que el trabajador está a disposición del empleador cumpliendo sus funciones. Esto implica que no todos los periodos asociados al trabajo son considerados como tiempo laboral efectivo.
¿Qué jornadas hacen parte de los horarios de trabajo en Colombia?
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, los espacios destinados al almuerzo no hacen parte de la jornada laboral. Este tiempo, aunque se desarrolla dentro de la rutina diaria del empleado, se considera un periodo de descanso y, por tanto, no se incluye dentro del cómputo de las horas semanales trabajadas.
A esta precisión se suma otra jornada: el tiempo de desplazamiento hacia y desde el lugar de trabajo tampoco se reconoce como parte de la jornada laboral, incluso en aquellos casos en los que el transporte es suministrado por la empresa. Según el Ministerio, este periodo no constituye tiempo efectivo de trabajo, ya que el empleado aún no ha iniciado formalmente sus funciones.
La decisión tiene implicaciones directas en el pago de horas extras y recargos. Al no ser considerados dentro de la jornada, estos tiempos no generan remuneración adicional ni beneficios salariales. La postura del Ministerio se fundamenta en lo establecido por el Código Sustantivo del Trabajo, el cual delimita cuándo inicia y finaliza la jornada laboral.
¿De cuánto es la jornada laboral en Colombia?
Este pronunciamiento busca dar claridad en un momento en el que la reducción de la jornada semanal continúa avanzando. Actualmente, Colombia se encuentra en una fase de disminución progresiva del tiempo laboral, que pasará a 42 horas semanales en 2026.
A esta iniciativa, sin embargo, se suman otras medidas establecidas por la reforma laboral como el aumento gradual en los recargos por trabajo en días dominicales y festivos, así como modificaciones en las condiciones de contratación. Estas medidas buscan mejorar las condiciones de los trabajadores, aunque también han generado preocupaciones en algunos sectores empresariales por el incremento en los costos laborales.
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El Ministerio del Trabajo ha insistido en que estas aclaraciones no buscan limitar derechos, sino establecer reglas claras que permitan una relación más transparente entre empleadores y trabajadores. En un entorno de cambios constantes, la entidad considera fundamental que ambas partes comprendan sus obligaciones y derechos.
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