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POLÍTICA

Reforma laboral tras la reforma de Petro: contratos, horas extras, dominicales y más

La nueva reforma laboral propone recargos del 100% para los días domingos y festivos.

Actualizado a
La ponencia de la reforma pensional fue aprobada por la Comisión Séptima del Senado.
LUISA GONZALEZREUTERS

La nueva reforma laboral, que fue adelantada por el Ministerio de Trabajo y radicada ante el Congreso el pasado 16 de marzo, propone una serie de transformaciones para las modalidades de empleo en Colombia para generar estabilidad laboral en los trabajadores del país. A pesar de que el legislativo no ha concluido el análisis de la reforma, el nuevo proyecto de ley ha recibido fuertes críticas por parte de los gremios comerciales y empresariales.

Sin embargo, el presidente Gustavo Petro, insiste en que la solidez laboral que propone impactaría positivamente a la productividad del país. “El incremento de la estabilidad laboral en Colombia traerá mejores y más grandes empresas. La trabajadora y el trabajador estables laboralmente son más productivos, tienen más compromiso con la producción. Gozan de más dignidad y bienestar”, señaló el primer mandatario.

¿Cómo serán los contratos con la nueva reforma laboral?

Uno de los principales cambios de la reforma está encaminado a la modalidad de los contratos de trabajo y por prestación de servicios que actualmente se celebran en el país. Uno de los artículos del proyecto sugiere que “el contrato de trabajo a término fijo deberá celebrarse por escrito y en él deberá especificarse la necesidad temporal que se pretende atender y su duración. Cuando el contrato de trabajo se celebre por un tiempo inferior o igual a dos (2) años, las partes podrán prorrogarlo el número de veces que estimen convenientes, sin que en ningún caso el tiempo estipulado, incluido el de sus prórrogas, sea superior a dos (2) años”.

De hecho, el sistema laboral sería más estricto en relación con los despidos sin causa justa. La nueva reforma obliga a las empresas y empleadores a indemnizar económicamente a los trabajadores en proporción a los salarios restantes para cumplir el plazo estipulado en el contrato cuando sean despedidos injustamente.

Por otra parte, los contratos por prestación de servicios estarían limitados dado que ninguna compañía pública o privada podría vincular bajo esta modalidad a personas que desarrollan actividades permanentes y subordinadas. Y, en el caso de las plataformas digitales, la nueva reforma establece que todas las personas que realicen un trabajo físico para ellas son consideradas como trabajadores y, por lo tanto, deben contar con todas las prestaciones y beneficios otorgados por la ley.

¿Qué pasará con las horas extras y las dominicales?

El nuevo proyecto especifica, además, que las personas mayores de 15 y menores de 17 años “solo podrán trabajar en una jornada diurna máxima de seis horas diarias y treinta horas a la semana y hasta las 6:00 de la tarde”. Y, en efecto, las personas mayores de 17 años tendrán una jornada laboral de máximo ocho horas diarias, para un total de 42 horas trabajadas a la semana.

Adicionalmente, para domingos y festivos la reforma expresa que habrá un aumento en el recargo de las horas laboradas en estos días, de modo que se pasaría de un 75% a 100% de recargo. “Con un recargo del ciento por ciento (100 %) sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas, sin perjuicio del salario ordinario a que tengan derecho el trabajador por haber laborado la semana completa”.

Por último, en cuanto a las horas extra, el nuevo proyecto de ley propone que los recargos nocturnos inicien a partir de las 6:00 de la tarde, pues actualmente esta remuneración adicional es proporcionada desde las 9:00 de la noche. Es decir, en caso de ser aprobada la nueva reforma laboral, las jornadas diurnas empezarían desde las 6:00 de la mañana hasta las 6:00 de la tarde.