¿Por qué la SIC abrió investigación en contra de Didi, Uber y Cabify?
En caso de que se compruebe la infracción imputada, las compañías estarían poniendo en riesgo la seguridad e integridad de los usuarios.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) reveló que adelanta investigaciones en contra de las plataformas digitales Uber, DiDi y Cabify por presunta competencia desleal a causa de que las tres compañías estarían prestando servicios de transporte sin cumplir la regulación exigida en el sector, lo que habría beneficiado a las empresas y a los conductores afiliados a estas aplicaciones.
De acuerdo con el organismo de control, “las plataformas harían posible la prestación de los servicios y se encargarían de determinar aspectos fundamentales como: el cálculo de tarifas, la administración del sistema de recaudo, la fijación de la comisión de la plataforma, y la determinación de los ingresos de los conductores”, lo que les habría generado ventajas y condiciones competitivas.
¿De cuánto podría ser la multa impuesta a Didi, Uber y Cabify?
Pese a que la investigación no está enfocada en determinar si las plataformas prestan directamente el servicio de transporte o si limitan la prestación de sus servicios a un simple rol de intermediación, el ente de control establecería bajo qué circunstancias se estarían creando condiciones de ventaja competitiva frente a los demás oferentes que cumplen con la regulación y, por tanto, asumen mayores gastos.
De hecho, según la Superintendencia, el incumplimiento de la reglamentación exigida a los trabajadores del sector de transporte “les habría permitido acceder a la prestación de un servicio sin cumplir las condiciones para esto, definir la capacidad transportadora disponible, establecer la localización geográfica de los servicios, calcular las tarifas, y no incurrir en los costos de acceder y permanecer en el mercado”.
En caso de que la Superintendencia establezca responsabilidad directa en las conductas imputadas, las personas jurídicas de las tres compañías podrían recibir una sanción de hasta 100.000 salarios mínimos legales vigentes, además de ser obligados a cumplir con la normativa colombiana en materia de libre y leal competencia.
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