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Carnaval de Barranquilla 2023

Pico y placa por Carnaval de Barranquilla: horarios y cómo funcionará

Infringir las normas de movilidad impuestas por las autoridades de la ciudad le podría ocasionar una multa de hasta 580 mil pesos.

Actualizado a
Grupo de personas con trajes en un desfile del Carnaval de Barranquilla
Colprensa

La Secretaría de Tránsito de Barranquilla anunció este jueves nuevas medidas de movilidad para la ciudad. A causa de las festividades programadas durante las jornadas del Carnaval de Barranquilla, que se celebrará a partir del próximo sábado 18 hasta el martes 21 de febrero, regirá el pico y placa para vehículos particulares de la siguiente manera:

DíaPlacas terminadas enHorario
Viernes 17 de febrero de 20231, 2 y 3Desde las 2:00 pm del viernes hasta las 6:00 am del sábado.
Sábado 18 de febrero de 20234, 5, 6 y 7Desde las 10:00 am del sábado hasta las 6:00 am del domingo.
Domingo 19 de febrero de 20238, 9 y 0Desde las 10:00 am del domingo hasta las 6:00 am del lunes.

Recuerde que el incumplimiento de las medidas de movilidad impuestas por la Secretaría de Tránsito de Barranquilla podría provocarle una sanción de 15 salarios mínimos legales diarios vigentes, es decir, alrededor de 580 mil pesos. Además, tenga en cuenta que en caso de que su vehículo sea inmovilizado después de las 4:00 de la tarde del viernes 17 de febrero, será puesto a disposición del propietario únicamente a partir del miércoles 22 de febrero.

Las restricciones vehiculares, que inician a partir del viernes 17 de febrero a las 2:00 de la tarde y finalizan el domingo 19 de febrero a las 6:00 de la mañana, tienen algunas excepciones. Por lo tanto, la norma no aplica para:

  • Vehículos empleados para la “Caravana Presidencial”.
  • Vehículos utilizados por las autoridades administrativas, viales y de seguridad de la ciudad.
  • Ambulancias, vehículos empleados por el cuerpo de bomberos y demás organismos de emergencias.
  • Vehículos en los que se transportan personas con discapacidad.
  • Vehículos que prestan servicios públicos domiciliarios.
  • Coches fúnebres.
  • Vehículos de transporte de valores.
  • Vehículos empleados para los servicios de vigilancia y seguridad privada.
  • Vehículos particulares que ofrecen servicios de transporte escolar.
  • Vehículos utilizados por los medios de comunicación.
  • Vehículos que poseen un blindaje igual o superior al nivel tres.
  • Vehículos empleados para el transporte de carga y descarga.