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MOVILIDAD

Pico y placa a carros particulares en Cartagena: ¿cuándo entra en vigor y hasta cuándo rige?

La Alcaldía de Cartagena publicó un decreto por medio del cual se establecen nuevas medidas para la circulación de vehículos particulares.

Actualizado a
Movilidad en Colombia.
Colprensa

El alcalde de Cartagena, William Dau, informó sobre nuevas restricción para la circulación de vehículos particulares, las cuales aplican desde este lunes 4 de abril. A través del Decreto 0522 del 31 de marzo de 2022, la Alcaldía estableció que los conductores que tengan pico y placa no se podrán movilizar por la ciudad entre las 7:00 a.m. y las 8:00 p.m. Esta medida estará vigente hasta el 24 de febrero de 2023.

Este nuevo horario tiene el propósito de mejorar la movilidad y permitir a los ciudadanos ahorrar tiempo en sus trayectos. “Esta nueva medida tiene en cuenta que las condiciones de movilidad de la ciudad se ven claramente afectadas por el elevado número de vehículos tipo automóvil, campero y camioneta que circulan por las vías”, comentó Dau, quien también aseveró que el regreso de los empleados a las empresas ha perjudicado el tránsito de Cartagena.

¿Cómo funcionará el pico y placa en Cartagena?

El pico y placa en Cartagena funcionará durante 13 horas seguidas y rotará cada cierto tiempo. Los conductores no podrán sacar sus vehículos una vez a la semana. La restricción aplicará de la siguiente manera:

Del 4 de abril de 2022 al 1 de julio de 2022

  • Lunes: 5 y 6
  • Martes: 7 y 8
  • Miércoles: 9 y 0
  • Jueves: 1 y 2
  • Viernes: 3 y 4

Del 5 de julio al 30 de septiembre de 2022

  • Lunes: 7 y 8
  • Martes: 9 y 0
  • Miércoles: 1 y 2
  • Jueves: 3 y 4
  • Viernes 5 y 6

Del 3 de octubre al 30 de diciembre de 2022

  • Lunes: 9 y 0
  • Martes: 1 y 2
  • Miércoles: 3 y 4
  • Jueves: 5 y 6
  • Viernes: 7 y 8

Del 2 de enero 2023 al 24 de febrero 2023

  • Lunes: 1 y 2
  • Martes: 3 y 4
  • Miércoles: 5 y 6
  • Jueves: 7 y 8
  • Viernes: 9 y 0

¿En qué vías aplica el pico y placa en Cartagena?

El pico y placa en Cartagena aplica para vehículos particulares en las siguientes vías:

  • Trasversal 54: Intersección con la Calle 30, hasta la glorieta de El Pozón sobre la Variante a Cartagena.
  • Avenida Pedro de Heredia: Entre intersección con Av. Luis Carlos López y la Av. Rafael Núñez (Sector India Catalina), hasta la intersección con la Transversal 54, sector de la Bomba el Amparo.
  • Troncal del Occidente: Intersección con la Transversal 54, sector de la Bomba el Amparo, hasta los límites de la ciudad con el municipio de Turbaco (Tubo Caribe).
  • Avenida Santander: Entrada del Puente del Túnel de Crespo, hasta la Calle 10 (Hotel Decamerón).
  • Avenida San Martin: Calle 10 A, hasta la intersección de la Av. Santander (antigua Glorieta Santander) y la Avenida Blas de Lezo.
  • Avenida Pedro Romero (Calle 31 D): Entre la carrera 30 (Glorieta de La Esperanza), hasta la intersección con la Transversal 54, (y de Olaya – Caño Chaplundun)
  • Carrera 30 (La Esperanza): Entre la intersección con la Av. Pedro Romero hasta la intersección con la Av. Pedro de Heredia.
  • Diagonal 32 (Carretera antigua de Turbaco): Entre intersección con la Av. Pedro Romero (CAI de Olaya), hasta la Intersección con la Troncal del Occidente (Bomba Terpel de Ternera – Cárcel de Ternera).
  • Carrera 71: Intersección con la calle 30 (frente Biblioteca Jorge Artel) hasta la Troncal del Occidente en ambos sentidos viables. Desde la Intersección con la Troncal del Occidente hasta la Diagonal 32 (El Biffi).
  • Avenida Blas de Lezo: Desde la intersección con la Av. San Martín (carrera 2ª) y Carrera 1ª (Avenida Santander), hasta la avenida Venezuela y carrera 8 A.
  • Avenida Rafael Núñez: Intersección con la carrera 1ª (Avenida Santander – Tenazas), hasta la intersección con la avenida Pedro de Heredia (India Catalina), en ambos sentidos viales.
  • Avenida Luis Carlos López: Entre la intersección de la Av. Pedro de Heredia (India Catalina) hasta la intersección con la Calle 30 (Calle de la Media Luna (Antiguas Botas Viejas), en ambos sentidos.
  • Calle 30: Calle de la Media Luna, entre la intersección con la carrera 8ª (Camellón de los mártires), hasta la intersección con la Av. Playa del Pedregal. Intersección con la playa del Pedregal hasta la intersección con la carrera 20 (Calle Mompox), en ambos sentidos vehiculares. Intersección con la calle 20 (Calle Mompox) (Colegio La Candelaria), hasta la intersección con la Avenida Pedro de Heredia (Texaco Nº 3). Intersección con la Avenida Pedro de Heredia hasta la intersección con la carrera 38 (Iglesia María Auxiliadora) y carrera 48 (Amberes- Piedra de Bolívar). Intersección de la carrera 48 (Piedra de Bolívar) hasta la Transversal 54 (Clínica Blas de Lezo), denominado Avenida del Consulado. Intersección con la Transversal 54 (Clínica Blas de Lezo) hasta la carrera 71 (frente Biblioteca Jorge Artel).
  • Avenida del Lago: Intersección con carrera 17 (El Universal - Puente las Palmas), hasta la intersección con la transversal 38 (frente al Barrio El Bosque sector la Cuchilla).
  • Corredor de Carga: Glorieta del Fondo Rotatorio hasta la entrada del barrio Manga (Peaje Manga) en ambas calzadas entra: Avenida Crisanto Luque Desde la Transversal 38 (Bomba Michelin) hasta la Transversal 54. (La Purina). Diagonal 21 (Carretera del Bosque). Desde la Diagonal 21 (Frente a Gaseosas Postobón) hasta el CAI de Ceballos. Carrera 56 (vía hacia Pasacaballos), desde el CAI de Ceballos hasta la Glorieta del Fondo Rotatorio.
  • Avenida Crisanto Luque: Desde la transversal 38 hasta la Avenida Pedro de Heredia. (Mercado de Bazurto)
  • Sector centro amurallado: Calle39, calle 39 A, Calle 38, calle 37, calle 36, calle 35, calle 34, calle 32, calle 31. Carrera 11, carrera 10, carrera 9, carrera 8, carrera 7, carrera 6, carrera 4, carrera 3, carrera 2 (vía perimetral de la muralla). Sector Getsemaní. Calle 32 (Avenida Daniel Lemaitre), calle 25 (calle Larga), calle 24 (Calle del Arsenal) y todas las vías que conforman el sector. Sector Barrio la Matuna. Carrera 10 y carrera 12.