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Pensión anticipada de vejez: cómo saber si la puedo reclamar y qué debo tener en cuenta

En el fondo de pensión público los cotizantes pueden pensionarse hasta los 55 años, mientras que en los fondos privados las personas no deben cumplir con ningún requisito de edad.

Actualizado a
El Congreso de la República deberá crear un nuevo régimen pensional para las mujeres colombianas.
COLPENSIONES

El Artículo 36 de la Ley 100 establece que “la edad para acceder a la pensión de vejez continuará en cincuenta y cinco (55) años para las mujeres y sesenta (60) para los hombres, hasta el año 2014, fecha en la cual la edad se incrementará en 2 años, es decir, será de 57 años para las mujeres y 62 para los hombres”. Sin embargo, los cotizantes pueden solicitar ante su fondo de pensiones, que puede ser de carácter público o privado, la pensión anticipada por vejez.

En Colpensiones, para acceder a la pensión especial de vejez anticipada usted debe tener al menos 55 años, sin importar si es hombre o mujer, contar con la certificación de la Junta de Calificación de Invalidez en la que se valide un porcentaje de pérdida laboral de al menos el 50% y, por último, tener mil semanas cotizadas en el Sistema General de Seguridad Social de Pensiones.

Adicionalmente, tenga en cuenta que usted puede solicitar el reconocimiento de la pensión especial de vejez anticipada a través del sitio web de Colpensiones o acercándose a la oficina más cercana. En efecto, si usted cumple con los requisitos que validen que requiere pensionarse antes de tiempo, el organismo dispone de cuatro meses para resolver su solicitud e iniciar el pago de sus fondos.

¿Me puedo pensionar antes de tiempo en los fondos privados de pensión?

En las Administradoras de Fondos de Pensiones privadas cualquier persona puede pensionarse sin cumplir con requisitos de edad ni semanas. De acuerdo con María Lorena Botero, gerente de Beneficios de Pensiones en el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, “si el capital que existe en la cuenta individual permite financiar una pensión de por lo menos el 110 % del salario mínimo, puede pensionarse en cualquier momento y solo aplica en las AFP privadas”, según lo explicó la funcionaria para Semana.

En ese sentido, las personas se pueden pensionar de manera anticipada si poseen un capital que permita la financiación de al menos un 110% de un salario mínimo legal mensual vigente (SMLMV), pero el monto de la pensión dependerá directamente del tiempo que el cotizante destine al Sistema de Pensiones. Por lo tanto, un trabajador que aporta al sistema de fondos públicos y desea trasladarse al sistema de fondos privados para acceder a su pensión anticipada, debe haber cotizado, por lo menos, 150 semanas en el Régimen del Seguro Social o en las Cajas de Previsión del sector público.