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MOVILIDAD

Multa por pasar un semáforo en rojo en Bogotá: ¿Cuánto vale y qué descuentos aplican?

La disminución del valor de las infracciones de tránsito oscila entre el 25 y el 50% de descuento. Tenga en cuenta que, en el caso de las motocicletas, le pueden inmovilizar el automotor.

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Colprensa

De acuerdo con la Alcaldía de Bogotá, los conductores que incumplan la normativa establecida por la Secretaría de Movilidad, que establece que los vehículos automotores deben detenerse ante un semáforo en rojo o amarillo, para este año deberán asumir una multa de 1.045.500 pesos. Esta infracción de tránsito, que está contemplada como la D04, también aplica para quienes no se detengan ante una señal de “PARE” o un semáforo intermitente en rojo.

En el caso de las motocicletas, las autoridades de tránsito están facultadas para inmovilizar los automotores hasta que el conductor pague la totalidad de la sanción impuesta o hasta que se defina cómo procederá la multa de acuerdo con lo establecido por los artículos 125 y 136 del Código Nacional de Tránsito.

En efecto, según el artículo 135 del Código Nacional de Tránsito, al momento de establecer un comparendo las autoridades pueden “detener la marcha del vehículo y le extenderán al conductor la orden de comparendo en la que ordenarán al infractor presentarse ante la autoridad de tránsito competente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes. Al conductor se le entregará copia de la orden de comparendo”.

¿Cómo aplicar a los descuentos de multas por pasar un semáforo en rojo?

En Bogotá, para acceder a los descuentos de multas de tránsito los conductores deben asistir a un curso pedagógico dentro de los plazos establecidos, los cuales dependen directamente del tipo de sanción impuesta que puede ser de carácter vial o electrónica. Estos son los términos fijados para solicitar la reducción del valor de la infracción, que puede ser del 25 o del 50%:

Comparendos fijados en víaComparendos fijados vía electrónica
Para obtener el 25% de descuento: El conductor debe presentar el curso pedagógico durante los primeros cinco días hábiles siguientes a la fecha en la que se impuso el comparendo.Para obtener el 25% de descuento: El conductor debe presentar el curso pedagógico durante los primeros 11 días hábiles siguientes a la fecha en la que se impuso el comparendo.
Para obtener el 50% de descuento: El conductor debe presentar el curso pedagógico durante los primeros seis y 20 días hábiles siguientes a la fecha en la que se impuso el comparendo.Para obtener el 50% de descuento: El conductor debe presentar el curso pedagógico durante los primeros 12 y 26 días hábiles siguientes a la fecha en la que se impuso el comparendo.